FAMILIA, MATRIMONIO Y "UNIONES DE HECHO" 

  Presentaci�n   

Uno de los fen�menos m�s extensos que intepelan v�vamente la conciencia de la comunidad cristiana hoy en d�a, es el n�mero creciente que las uniones de hecho est�n alcanzando en el conjunto de la sociedad, con la consiguiente desafecci�n para la estabilidad del matrimonio que ello comporta. La Iglesia no puede dejar de iluminar esta realidad en su discernimiento de los �signos de los tiempos�.

El Pontificio Consejo para la Familia, consciente de las graves repercusiones de esta situaci�n social y pastoral, ha organizado una serie de reuniones de estudio durante 1999 y los primeros meses del 2000, con la participaci�n de importantes personalidades y prestigiosos expertos de todo el mundo, con el objeto de analizar debidamente este delicado problema, de tanta trascendencia para la Iglesia y para el mundo. 

Fruto de todo ello es el presente documento, en cuyas p�ginas se aborda una problem�tica actual y dif�cil, que toca de cerca la misma entra�a de las relaciones humanas, la parte m�s delicada de la �ntima uni�n entre familia y vida, las zonas m�s sensibles del coraz�n humano. Al mismo tiempo, la innegable trascendencia p�blica de la actual coyuntura pol�tica internacional, hace conveniente y urgente una palabra de orientaci�n, dirigida sobre todo a quienes tienen responsabilidades en esta materia. Son ellos quienes en su tarea legislativa pueden dar consistencia jur�dica a la instituci�n matrimonial o, por el contrario, debilitar la consistencia del bien com�n que proteje esta instituci�n natural, partiendo de una comprensi�n irreal de los problemas personales. 

Estas reflexiones orientar�n tambi�n a los Pastores, que deben acoger y guiar a tantos cristianos contempor�neos, y acompa�arles en el itinerario del aprecio al valor natural protegido por la instituci�n matrimonial y ratificado por el sacramento cristiano. La familia fundada en el matrimonio corresponde al designio del Creador �desde el comienzo� (Mt 19, 4). En el Reino de Dios, en el cual no puede ser sembrada otra semilla que aquella de la verdad ya inscrita en el coraz�n humano, la �nica capaz de �dar fruto con perseverancia� (Lc 8, 15) esta verdad se hace misericordia, comprensi�n y llamada a reconocer en Jes�s la �luz del mundo� (Jn 8, 12) y la fuerza que libera de las ataduras del mal.  

Este documento se propone tambi�n contribuir de manera positiva a un di�logo que clarifique la verdad de las cosas y de las exigencias que proceden del mismo �rden natural, participando en el debate socio-pol�tico y en la responsabilidad por el bien com�n. 

Quiera Dios que estas consideraciones, serenas y responsables, compartidas por tantos hombres de buena voluntad, redunden en beneficio de esa comunidad de vida, necesaria para la Iglesia y para el mundo, que es la familia. 

Ciudad del Vaticano, 26 de julio de 2000 
Fiesta de S. Joaqu�n y Sta. Ana, Padres de la Stma. V�rgen Mar�a 

  

Alfonso Cardenal L�pez Trujillo 
Presidente 

S. E. Mons. Francisco Gil Hell�n 
Secretario



Introducci�n   

  

(1) Las llamadas �uniones de hecho� est�n adquiriendo en la sociedad en estos �ltimos a�os un especial relieve. Ciertas iniciativas insisten en su reconocimiento institucional e incluso su equiparaci�n con las familias nacidas del compromiso matrimonial. Ante una cuesti�n de tanta importancia y de tantas repercusiones futuras para la entera comunidad humana, este Pontificio Consejo para la Familia se propone, mediante las siguientes reflexiones, llamar la atenci�n sobre el peligro que representar�a un tal reconocimiento y equiparaci�n para la identidad de la uni�n matrimonial y el grave deterioro que ello implicar�a para la familia y para el bien com�n de la sociedad.  

En el presente documento, tras considerar el aspecto social de las uniones de hecho, sus elementos constitutivos y motivaciones existenciales, se aborda el problema de su reconocimiento y equiparaci�n jur�dica, primero respecto a la familia fundada en el matrimonio y despu�s respecto al conjunto de la sociedad. Se atiende posteriormente a la familia como bien social, a los valores objetivos a fomentar y al deber en justicia por parte de la sociedad de proteger y promover la familia, cuya raiz es el matrimonio. A continuaci�n se profundiza en algunos aspectos que esta reivindicaci�n presenta en relaci�n con el matrimonio cristiano. Se exponen adem�s algunos criterios generales de discernimiento pastoral, necesarios para una orientaci�n de las comunidades cristianas. 

Las consideraciones aqu� expuestas no s�lo se dirigen a cuantos reconocen expl�citamente en la Iglesia Cat�lica �la Iglesia de Dios vivo, columna y fundamento de la verdad� (1Tim 3,15), sino tambi�n a todos los cristianos de las diversas Iglesias y comunidades cristianas, as� como a todos aquellos sinceramente comprometidos con el bien precioso de la familia, c�lula fundamental de la sociedad. Como ense�a el Concilio Vaticano II, �el bienestar de la persona y de la sociedad humana y cristiana est� estrechamente ligado a la prosperidad de la comunidad conyugal y familiar. Por eso los cristianos, junto con los que tienen gran estima a esta comunidad, se alegran sinceramente de los varios medios que permiten hoy a los hombres avanzar en el fomento de esta comunidad de amor y en el respeto a la vida y que ayudan a los esposos y padres en el cumplimiento de su excelsa misi�n�[1]

I - Las "uniones de hecho

Aspecto social de las "uniones de hecho" 

(2) La expresi�n �uni�n de hecho� abarca un conjunto de m�ltiples y heterog�neas realidades humanas, cuyo elemento com�n es el de ser convivencias (de tipo sexual) que no son matrimonios. Las uniones de hecho se caracterizan, precisamente, por ignorar, postergar o a�n rechazar el compromiso conyugal. De esto se derivan graves consecuencias.  

Con el matrimonio se asumen p�blicamente, mediante el pacto de amor conyugal, todas las responsabilidades que nacen del v�nculo establecido. De esta asunci�n p�blica de responsabilidades resulta un bien no s�lo para los propios c�nyuges y los hijos en su crecimiento afectivo y formativo, sino tambi�n para los otros miembros de la familia. De este modo, la familia fundada en el matrimonio es un bien fundamental y precioso para la entera sociedad, cuyo entramado m�s firme se asienta sobre los valores que se despliegan en las relaciones familiares, que encuentra su garant�a en el matrimonio estable. El bien generado por el matrimonio es b�sico para la misma Iglesia, que reconoce en la familia la �Iglesia domestica�[2]. Todo ello se ve comprometido con el abandono de la instituci�n matrimonial impl�cito en las uniones de hecho. 

(3) Puede suceder que alguien desee y realice un uso de la sexualidad distinto del inscrito por Dios en la misma naturaleza humana y la finalidad espec�ficamente humana de sus actos. Contrar�a con ello el lenguaje interpersonal del amor y compromete gravemente, con un objetivo desorden, el verdadero di�logo de vida dispuesto por el Creador y Redentor del g�nero humano. La doctrina de la Iglesia Cat�lica es bien conocida por la opini�n p�blica, y no es aqu� necesario repetirla[3]. Es la dimensi�n social del problema la que requiere un mayor esfuerzo de reflexi�n que permita advertir, especialmente por quienes tienen responsabilidades p�blicas, la improcedencia de elevar estas situaciones privadas a la categor�a de inter�s p�blico. Con el pretexto de regular un marco de convivencia social y jur�dica, se intenta justificar el reconocimiento institucional de las uniones de hecho. De este modo, las uniones de hecho se convierten en instituci�n y se sancionan legislativamente derechos y deberes en detrimento de la familia fundada en el matrimonio. Las uniones de hecho quedan en un nivel jur�dico similar al del matrimonio. Se califica p�blicamente de �bien� dicha convivencia, elev�ndola a una condici�n similar, o incluso equipar�ndola al matrimonio, en perjuicio de la verdad y de la justicia. Con ello se contribuye de manera muy acusada al deterioro de esta instituci�n natural, completamente vital, b�sica y necesaria para todo el cuerpo social, que es el matrimonio. 

Elementos constitutivos de las uniones de hecho 

(4) No todas las uniones de hecho tienen el mismo alcance social ni las mismas motivaciones. A la hora de describir sus caracter�sticas positivas, m�s all� de su rasgo com�n negativo, que consiste en postergar, ignorar o rechazar la uni�n matrimonial, sobresalen ciertos elementos. Primeramente, el car�cter puramente f�ctico de la relaci�n. Conviene poner de manifiesto que suponen una cohabitaci�n acompa�ada de relaci�n sexual (lo que las distingue de otros tipos de convivencia) y de una relativa tendencia a la estabilidad (que las distingue de las uniones de cohabitaci�n espor�dicas u ocasionales). Las uniones de hecho no comportan derechos y deberes matrimoniales, ni pretenden una estabilidad basada en el v�nculo matrimonial. Es caracter�stica la firme reivindicaci�n de no haber asumido v�nculo alguno. La inestabilidad constante debida a la posibilidad de interrupci�n de la convivencia en com�n es, en consecuencia, caracter�stica de las uniones de hecho. Hay tambi�n un cierto �compromiso�, m�s o menos expl�cito, de �fidelidad� rec�proca, por as� llamarla, mientras dure la relaci�n. 

(5) Algunas uniones de hecho son clara consecuencia de una decidida elecci�n. La uni�n de hecho �a prueba� es frecuente entre quienes tienen el proyecto de casarse en el futuro, pero lo condicionan a la experiencia de una uni�n sin v�nculo matrimonial. Es una especie de �etapa condicionada� al matrimonio, semejante al matrimonio �a prueba�[4], pero, a diferencia de �ste, pretendenden un cierto reconocimiento social. 

Otras veces, las personas que conviven justifican esta elecci�n por razones econ�micas o para soslayar dificultades legales. Muchas veces, los verdaderos motivos son m�s profundos. Frecuentemente, bajo esta clase de pretextos, subyace una mentalidad que valora poco la sexualidad. Est� influida, m�s o menos, por el pragmatismo y el hedonismo, as� como por una concepci�n del amor desligada de la responsabilidad. Se rehuye el compromiso de estabilidad, las responsabilidades, los derechos y deberes, que el verdadero amor conyugal lleva consigo.  

En otras ocasiones, las uniones de hecho se establecen entre personas divorciadas anteriormente. Son entonces una alternativa al matrimonio. Con la legislaci�n divorcista el matrimonio tiende, a menudo, a perder su identidad en la conciencia personal. En este sentido hay que resaltar la desconfianza hacia la instituci�n matrimonial que nace a veces de la experiencia negativa de las personas traumatizadas por un divorcio anterior, o por el divorcio de sus padres. Este preocupante fen�meno comienza a ser socialmente relevante en los pa�ses m�s desarrollados econ�micamente. 

No es raro que las personas que conviven en una uni�n de hecho manifiesten rechazar expl�citamente el matrimonio por motivos ideol�gicos. Se trata entonces de la elecci�n de una alternativa, un modo determinado de vivir la propia sexualidad. El matrimonio es visto por estas personas como algo rechazable para ellos, algo que se opone a la propia ideolog�a, una �forma inaceptable de violentar el bienestar personal� o incluso como �tumba del amor salvaje�, expresiones estas que denotan desconocimiento de la verdadera naturaleza del amor humano, de la oblatividad, nobleza y belleza en la constancia y fidelidad de las relaciones humanas. 

(6) No siempre las uniones de hecho son el resultado de una clara elecci�n positiva; a veces las personas que conviven en estas uniones manifiestan tolerar o soportar esta situaci�n. En ciertos pa�ses, el mayor n�mero de uniones de hecho se debe a una desafecci�n al matrimonio, no por razones ideol�gicas, sino por falta de una formaci�n adecuada de la responsabilidad, que es producto de la situaci�n de pobreza y marginaci�n del ambiente en el que se encuentran. La falta de confianza en el matrimonio, sin embargo, puede deberse tambi�n a condicionamientos familiares, especialmente en el Tercer Mundo. Un factor de relieve, a tener en consideraci�n, son las situaciones de injusticia, y las estructuras de pecado. El predominio cultural de actitudes machistas o racistas, confluye agravando mucho estas situaciones de dificultad.  

En estos casos no es raro encontrar uniones de hecho que contienen, incluso desde su inicio, una voluntad de convivencia, en principio, aut�ntica, en la que los convivientes se consideran unidos como si fueran marido y mujer, esfoz�ndose por cumplir obligaciones similares a las del matrimonio[5]. La pobreza, resultado a menudo de desequilibrios en el orden econ�mico mundial, y las deficiencias educativas estructurales, representan para ellos graves obst�culos en la formaci�n de una verdadera familia.  

En otros lugares, es m�s frecuente la cohabitaci�n (durante periodos m�s o menos prolongados de tiempo) hasta la concepci�n o nacimiento del primer hijo. Estas costumbres corresponden a pr�cticas ancestrales y tradicionales, especialmente fuertes en ciertas regiones de Africa y Asia, ligadas al llamado �matrimonio por etapas�. Son pr�cticas en contraste con la dignidad humana, dif�ciles de desarraigar, y que configuran una situaci�n moral negativa, con una problem�tica social caracter�stica y bien definida. Este tipo de uniones no deben ser, sin m�s, identificadas con las uniones de hecho de las que aqu� nos ocupamos (que se configuran al m�rgen de una antropolog�a cultural de tipo tradicional), y suponen todo un desaf�o para la inculturaci�n de la fe en el Tercer Milenio de la era cristiana. 

La complejidad y diversidad de la problem�tica de las uniones de hecho, se pone de manifiesto al considerar, por ejemplo, que, en ocasiones su causa mas inmediata puede corresponder a motivos asistenciales. Es el caso, por ejemplo, en los sistemas m�s desarrollados, de personas de edad avanzada que establecen relaciones solo de hecho por el miedo a que acceder al matrimonio les infiera perjuicios fiscales, o la p�rdida de las pensiones.  

Los motivos personales y el factor cultural 

(7) Es importante preguntarse por los motivos profundos por los que la cultura contempor�nea asiste a una crisis del matrimonio, tanto en su dimensi�n religiosa como en aquella civil, y al intento de reconocimiento y equiparaci�n de las uniones de hecho. De este modo, situaciones inestables que se definen m�s por aquello que de negativo tienen (la omisi�n del v�nculo matrimonial), que por lo que se caracterizan positivamente, aparecen situadas a un nivel similar al matrimonio. Efectivamente todas aquellas situaciones se consolidan en distintas formas de relaci�n, pero todas ellas est�n en contraste con una verdadera y plena donaci�n rec�proca, estable y reconocida socialmente. La complejidad de los motivos de orden econ�mico, sociol�gico y psicol�gico, inscrita en un contexto de privatizaci�n del amor y de eliminaci�n del car�cter institucional del matrimonio, sugiere la conveniencia de profundizar en la perspectiva ideol�gica y cultural a partir de la cual se ha ido progresivamente desarrollando y afirmando el fen�meno de las uniones de hecho, tal y como hoy lo conocemos. 

La disminuci�n progresiva del numero de matrimonios y de familias reconocidas en tanto que tales por las leyes de diferentes Estados, el aumento del n�mero de parejas no casadas que conviven juntos en ciertos pa�ses, no puede ser suficientemente explicado por un movimiento cultural aislado y espont�neo, sino que responde a cambios hist�ricos en las sociedades, en ese momento cultural contempor�neo que algunos autores denominan �post-modernidad�. Es cierto que la menor incidencia del mundo agr�cola, el desarrollo del sector terciario de la econom�a, el aumento de la duraci�n media de la vida, la inestabilidad del empleo y de las relaciones personales, la reducci�n del n�mero de miembros de la familia que viven juntos bajo el mismo techo, la globalizaci�n de los fen�menos sociales y econ�micos, han dado como resultado una mayor inestabilidad de las familias y favorecido un ideal de familia menos numerosa. Pero �es esto suficiente para explicar la situci�n contempor�nea del matrimonio? La instituci�n matrimonial atraviesa una crisis menor donde las tradiciones familiares son m�s fuertes. 

(8) Dentro de un proceso que podr�a denominarse, de gradual desestructuraci�n cultural y humana de la instituci�n matrimonial, no debe ser minusvalorada la difusi�n de cierta ideolog�a de �gender�. Ser hombre o mujer no estar�a determinado fundamentalmente por el sexo, sino por la cultura. Con ello se atacan las mismas bases de la familia y de las relaciones inter-personales. Es preciso hacer algunas consideraciones al respecto, debido a la importancia de tal ideolog�a en la cultura contempor�nea, y su influjo en el fen�meno de las uniones de hecho. 

En la din�mica integrativa de la personalidad humana un factor muy importante es el de la identidad. La persona adquiere progresivamente durante la infancia y la adolescencia conciencia de ser �s� mismo�, adquiere conciencia de su identidad. Esta conciencia de la propia identidad se integra en un proceso de reconocimiento del propio ser y, consiguientemente, de la dimensi�n sexual del propio ser. Es por tanto conciencia de identidad y diferencia. Los expertos suelen distinguir entre identidad sexual (es decir, conciencia de identidad psico-biol�gica del propio sexo, y de diferencia respecto al otro sexo) e identidad gen�rica (es decir, conciencia de identidad psico-social y cultural del papel que las personas de un determinado sexo desempe�an en la sociedad). En un correcto y arm�nico proceso de integraci�n, la identidad sexual y gen�rica se complementan, puesto que las personas viven en sociedad de acuerdo con los aspectos culturales correspondientes a su propio sexo. La categor�a de identidad gen�rica sexual (�gender�) es, por tanto, de orden psico-social y cultural. Es correspondiente y arm�nica con la identidad sexual, de orden psico-biol�gico, cuando la integraci�n de la personalidad se realiza como reconocimiento de la plenitud de la verdad interior de la persona, unidad de alma y cuerpo. 

Ahora bien, a partir de la d�cada 1960-1970, ciertas teor�as (que hoy suelen ser calificadas por los expertos como �construccionistas�), sostienen no s�lo que la identidad gen�rica sexual (�gender�) sea el producto de una interacci�n entre la comunidad y el individuo, sino incluso que dicha identidad gen�rica ser�a independiente de la identidad sexual personal, es decir, que los g�neros masculino y femenino de la sociedad ser�an el producto exclusivo de factores sociales, sin relaci�n con verdad ninguna de la dimensi�n sexual de la persona. De este modo, cualquier actitud sexual resultar�a justificable, inclu�da la homosexualidad, y es la sociedad la que deber�a cambiar para incluir, junto al masculino y el femenino, otros g�neros, en el modo de configurar la vida social[6] 

La ideolog�a de �gender� ha encontrado en la antropolog�a individualista del neo-liberalismo radical un ambiente favorable[7]. La reivindicaci�n de un estatuto similar, tanto para el matrimonio como para las uniones de hecho (incluso homosexuales) suele hoy d�a tratar de justificarse en base a categor�as y t�rminos procedentes de la ideolog�a de �gender�[8]. As� existe una cierta tendencia a designar como �familia� todo tipo de uniones consensuales, ignorando de este modo la natural inclinaci�n de la libertad humana a la donaci�n rec�proca, y sus caracter�sticas esenciales, que son la base de ese bien com�n de la humanidad que es la instituci�n matrimonial. 

II - Familia fundada en el matrimonio y uniones de hecho   

Familia, vida y uni�n de hecho  

(9) Conviene comprender las diferencias sustanciales entre el matrimonio y las uniones f�cticas. Esta es la raiz de la diferencia entre la familia de origen matrimonial y la comunidad que se origina en una uni�n de hecho. La comunidad familiar surge del pacto de uni�n de los c�nyuges. El matrimonio que surge de este pacto de amor conyugal no es una creaci�n del poder p�blico, sino una instituci�n natural y originaria que lo precede. En las uniones de hecho, en cambio, se pone en com�n el rec�proco afecto, pero al mismo tiempo falta aqu�l v�nculo matrimonial de dimensi�n p�blica originaria, que fundamenta la familia. Familia y vida forman una verdadera unidad que debe ser protegida por la sociedad, puesto que es el n�cleo vivo de la sucesi�n (procreaci�n y educaci�n) de las generaciones humanas.  

En las sociedades abiertas y democr�ticas de hoy d�a, el Estado y los poderes p�blicos no deben institucionalizar las uniones de hecho, atribuy�ndoles de este modo un estatuto similar al matrimonio y la familia. Tanto menos equipararlas a la familia fundada en el matrimonio. Se tratar�a de un uso arbitrario del poder que no contribuye al bien com�n, porque la naturaleza originaria del matrimonio y de la familia precede y excede, absoluta y radicalmente, el poder soberano del Estado. Una perspectiva serenamente alejada del talante arbitrario o demag�gico, invita a reflexionar muy seriamente, en el seno de las diferentes comunidades pol�ticas, acerca de las esenciales diferencias que median entre la vital y necesaria aportaci�n de la familia fundada en el matrimonio al bien com�n y aquella otra realidad que se da en las meras convivencias afectivas. No parece razonable sostener que las vitales funciones de las comunidades familiares en cuyo nucleo se encuentra la instituci�n matrimonial estable y monog�mica puedan ser desempe�adas de forma masiva, estable y permanente, por las convivencias meramente afectivas. La familia fundada en el matrimonio debe ser cuidadosamente protegida y promovida como factor esencial de existencia, estabilidad y paz social, en una �mplia visi�n de futuro del inter�s com�n de la sociedad. 

(10) La igualdad ante la ley debe estar presidida por el principio de la justicia, lo que significa tratar lo igual como igual, y lo diferente como diferente; es decir, dar a cada uno lo que le es debido en justicia: principio de justicia que se quebrar�a si se diera a las uniones de hecho un tratamiento jur�dico semejante o equivalente al que corresponde a la familia de fundaci�n matrimonial. Si la familia matrimonial y las uniones de hecho no son semejantes ni equivalentes en sus deberes, funciones y servicios a la sociedad, no pueden ser semejantes ni equivalentes en el estatuto jur�dico. 

El pretexto aducido para presionar hacia el reconocimiento de las uniones de hecho (es decir, su �no discriminaci�n�), comporta una verdadera discriminaci�n de la familia matrimonial, puesto que se la considera a un nivel semejante al de cualquier otra convivencia sin importar para nada que exista o no un compromiso de fidelidad rec�proca y de generaci�n-educaci�n de los hijos. La orientaci�n de algunas comunidades pol�ticas actuales a discriminar el matrimonio reconociendo a las uniones de hecho un estatuto institucional semejante o, incluso equipar�ndolas al matrimonio y la familia, es un grave signo de deterioro contempor�neo de la conciencia moral social, de �pensamiento d�bil� ante el bien com�n, cuando no de una verdadera y propia imposici�n ideol�gica ejercida por influyentes grupos de presi�n. 

(11) Conviene tener bien presente, en la misma l�nea de principios, la distinci�n entre inter�s p�blico e inter�s privado. En el primer caso, la sociedad y los poderes p�blicos deben protegerlo e incentivarlo. En el segundo caso, el Estado debe tan s�lo garantizar la libertad. Donde el inter�s es p�blico, interviene el derecho p�blico. Y lo que responde a intereses privados, debe ser remitido, por el contrario, al �mbito privado. El matrimonio y la familia revisten un inter�s p�blico y son n�cleo fundamental de la sociedad y del Estado, y como tal deben ser reconocidos y protegidos. Dos o m�s personas pueden decidir vivir juntos, con dimensi�n sexual o sin ella, pero esa convivencia o cohabitaci�n no reviste por ello inter�s p�blico. Las autoridades p�blicas pueden no inmiscuirse en el fen�meno privado de esta elecci�n. Las uniones de hecho son consecuencia de comportamientos privados y en este plano privado deber�an permanecer. Su reconocimiento p�blico o equiparaci�n al matrimonio, y la consiguiente elevaci�n de intereses privados a intereses p�blicos perjudica a la familia fundada en el matrimonio. En el matrimonio un var�n y una mujer constituyen entre s� un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma �ndole natural al bien de los c�nyuges y a la generaci�n y educaci�n de la prole. A diferencia de las uniones de hecho, en el matrimonio se asumen compromisos y responsabilidades p�blica y formalmente, relevantes para la sociedad y exigibles en el �mbito jur�dico.  

Las uniones de hecho y el pacto conyugal 

(12) La valoraci�n de las uniones de hecho incluyen tambi�n una dimensi�n subjetiva. Estamos ante personas concretas, con una visi�n propia de la vida, con su intencionalidad, en una palabra, con su �historia�. Debemos considerar la realidad existencial de la libertad individual de elecci�n y de la dignidad de las personas, que pueden errar. Pero en la uni�n de hecho, la pretensi�n de reconocimiento p�blico no afecta s�lo al �mbito individual de las libertades. Es preciso, por tanto abordar este problema desde la �tica social: el individuo humano es persona, y por tanto social; el ser humano no es menos social que racional[9]

Las personas se pueden encontrar y hacer referencia a la condivisi�n de valores y exigencias compartidos respecto al bien com�n en el di�logo. La referencia universal, el criterio en este campo, no puede ser otro que el de la verdad sobre el bien humano, objetiva, trascendente e igual para todos. Alcanzar esta verdad y permanecer en ella es condici�n de libertad y de madurez personal, verdadera meta de una convivencia social ordenada y fecunda. La atenci�n exclusiva al sujeto, al individuo y sus intenciones y elecciones, sin hacer referencia a una dimensi�n social y objetiva de las mismas, orientada al bien com�n, es el resultado de un individualismo arbitrario e inaceptable, ciego a los valores objetivos, en contraste con la dignidad de la persona y nocivo al orden social.�Es necesario, por tanto, promover una reflexi�n que ayude no s�lo a los creyentes, sino a todos los hombres de buena voluntad, a redescubrir el valor del matrimonio y de la familia. En el Catecismo de la Iglesia Cat�lica se puede leer: La familia es la 'c�lula original de la vida social'. Es la sociedad natural en que el hombre y la mujer son llamados al don de s� en el amor y en el don de la vida. La autoridad, la estabilidad y la vida de relaci�n en el seno de la familia constituyen los fundamentos de la libertad, de la seguridad, de la fraternidad en el seno de la sociedad[10]. La raz�n, si escucha la ley moral inscrita en el coraz�n humano, puede llegar al redescubrimiento de la familia. Comunidad fundada y vivificada por el amor[11], la familia saca su fuerza de la alianza definitiva de amor con la que un hombre y una mujer se entregan rec�procamente, convirti�ndose juntos en colaboradores de Dios en el don de la vida�[12]

El Concilio Vaticano II se�ala que el llamado amor libre (�amore sic dicto libero�)[13] constituye un factor disolvente y destructor del matrimonio, al carecer del elemento constitutivo del amor conyugal, que se funda en el consentimiento personal e irrevocable por el cual los esposos se dan y se reciben mutuamente, dando origen as� a un v�nculo jur�dico y a una unidad sellada por una dimensi�n p�blica de justicia. Lo que el Concilio denomina como amor �libre�, y contrapone al verdadero amor conyugal, era entonces �y es ahora� la semilla que engendra las uniones de hecho. M�s adelante, con la rapidez con que hoy se originan los cambios socio-culturales, ha hecho germinar tambi�n los actuales proyectos de conferir estatuto p�blico a esas uniones f�cticas. 

(13) Como cualquier otro problema humano, tambi�n el de las uniones de hecho debe ser abordado desde una perspectiva racional, m�s precisamente, desde la �recta raz�n�[14]. Con esta expresi�n de la �tica cl�sica se subraya que la lectura de la realidad y el juicio de la raz�n deben ser objetivos, libres de condicionamientos tales como la emotividad desordenada, o la debilidad en la consideraci�n de situaciones penosas que inclinan a una superficial compasi�n, o eventuales prejuicios ideol�gicos, presiones sociales o culturales, condicionamientos de los grupos de presi�n o de los partidos pol�ticos. Ciertamente, el cristiano tiene una visi�n del matrimonio y la familia cuyo fundamento antropol�gico y teol�gico est� enraizado arm�nicamente en la verdad que procede de la Palabra de Dios, la Tradici�n y el Magisterio de la Iglesia[15]. Pero la misma luz de la fe ense�a que la realidad del sacramento matrimonial no es algo sucesivo y extr�nseco, s�lo un a�adido externo �sacramental� al amor de los c�nyuges, sino que es la misma realidad natural del amor conyugal asumida por Cristo como signo y medio de salvaci�n en el orden de la Ley Nueva. El problema de las uniones de hecho, consiguientemente, puede y debe ser afrontado desde la recta raz�n. No es cuesti�n, primariamente, de fe cristiana, sino de racionalidad. La tendencia a contraponer en este punto un �pensamiento cat�lico� confesional a un �pensamiento laico� es err�nea[16]

III - Las uniones de hecho en el conjunto de la sociedad   

Dimensi�n social y pol�tica del problema de la equiparaci�n 

(14) Ciertos influjos culturales radicales (como la ideolog�a del �gender� a la que antes hemos hecho menci�n), tienen como consecuencia el deterioro de la instituci�n familiar. �A�n m�s preocupante es el ataque directo a la instituci�n familiar que se est� desarrollando, tanto a nivel cultural como en el pol�tico, legislativo y administrativo�Es clara la tendencia a equipar a la familia otras formas de convivencia bien diversas, prescindiendo de fundamentales consideraciones de orden �tico y antropol�gico�[17]. Es prioritaria, por tanto, la definici�n de la identidad propia de la familia. A esta identidad pertenece el valor y la exigencia de estabilidad en la relaci�n matrimonial entre hombre y mujer, estabilidad que halla expresi�n y confirmaci�n en un horizonte de procreaci�n y educaci�n de los hijos, lo que resulta en beneficio del entero tejido social. Dicha estabilidad matrimonial y familiar no est� s�lo asentada en la buena voluntad de las personas concretas, sino que reviste un car�cter institucional de reconocimiento p�blico, por parte del Estado, de la elecci�n de vida conyugal. El reconocimiento, protecci�n y promoci�n de dicha estabilidad redunda en el inter�s general, especialmente de los m�s d�biles, es decir, los hijos.  

(15) Otro riesgo en la consideraci�n social del problema que nos ocupa es el de la banalizaci�n. Algunos afirman que el reconocimiento y equiparaci�n de las uniones de hecho no deber�a preocupar excesivamente cuando el n�mero de �stas fuera relativamente escaso. M�s bien deber�a concluirse, en este caso, lo contrario, puesto que una consideraci�n cuantitativa del problema deber�a entonces conducir a poner en duda la conveniencia de plantear el problema de las uniones de hecho como problema de primera magnitud, especialmente all� donde apenas se presta una adecuada atenci�n al grave problema (de presente y de futuro) de la protecci�n del matrimonio y la familia mediante adecuadas pol�ticas familiares, verdaderamente incidentes en la vida social. La exaltaci�n indiferenciada de la libertad de elecci�n de los individuos, sin referencia alguna a un orden de valores de relevancia social obedece a un planteamiento completamente individualista y privatista del matrimonio y la familia, ciego a su dimensi�n social objetiva. Hay que tener en cuenta que la procreaci�n es principio �gen�tico� de la sociedad, y que la educaci�n de los hijos es lugar primario de transmisi�n y cultivo del tejido social, as� como n�cleo esencial de su configuraci�n estructural 

  El reconocimiento y equiparaci�n
de las uniones de hecho discrimina al matrimonio 

(16) Con el reconocimiento p�blico de las uniones de hecho, se establece un marco jur�dico asim�trico: mientras la sociedad asume obligaciones respecto a los convivientes de las uniones de hecho, �stos no asumen para con la misma las obligaciones esenciales propias del matrimonio. La equiparaci�n agrava esta situaci�n puesto que privilegia a las uniones de hecho respecto de los matrimonios, al eximir a las primeras de deberes esenciales para con la sociedad. Se acepta de este modo una parad�jica disociaci�n que resulta en perjuicio de la instituci�n familiar. Respecto a los recientes intentos legislativos de equiparar familia y uniones de hecho, incluso homosexuales (conviene tener presente que su reconocimiento jur�dico es el primer paso hacia la equiparaci�n), es preciso recordar a los parlamentarios su grave responsabilidad de oponerse a ellos, puesto que �los legisladores, y en modo particular los parlamentarios cat�licos, no podr�an cooperar con su voto a esta clase de legislaci�n, que, por ir contra el bien com�n y la verdad del hombre, ser�a propiamente inicua�[18]. Estas iniciativas legales presentan todas las caracter�sticas de disconformidad con la ley natural que las hacen incompatibles con la dignidad de ley. Tal y como dice San Agust�n �Non videtur esse lex, quae iusta non fuerit�[19]. Es preciso reconocer un fundamento �ltimo del ordenamiento jur�dico[20]. No se trata, por tanto, de pretender imponer un determinado �modelo� de comportamiento al conjunto de la sociedad, sino de la exigencia social del reconocimiento, por parte del ordenamiento legal, de la imprescindible aportaci�n de la familia fundada en el matrimonio al bien com�n. Donde la familia est� en crisis, la sociedad vacila. 

(17) La familia tiene derecho a ser protegida y promovida por la sociedad, como muchas Constituciones vigentes en Estados de todo el mundo reconocen[21]. Es este un reconocimiento, en justicia, de la funci�n esencial que la familia fundada en el matrimonio representa para la sociedad. A este derecho originario de la familia corresponde un deber de la sociedad, no s�lo moral, sino tambi�n civil. El derecho de la familia fundada en el matrimonio a ser protegida y promovida por la sociedad y el Estado debe ser reconocido por las leyes. Se trata de una cuesti�n que afecta al bien com�n. Santo Tom�s de Aquino con una n�tida argumentaci�n, rechaza la idea de que la ley moral y la ley civil puedan determinarse en oposici�n: son distintas, pero no opuestas, ambas se distinguen, pero no se disocian, entre ellas no hay univocidad, pero tampoco contradicci�n[22]. Como afirma Juan Pablo II, �Es importante que los que est�n llamados a guiar el destino de las naciones reconozcan y afirmen la instituci�n matrimonial; en efecto, el matrimonio tiene una condici�n jur�dica espec�fica, que reconoce derechos y deberes por parte de los esposos, de uno con respecto a otro y de ambos en relaci�n con los hijos, y el papel de las familias en la sociedad, cuya perennidad aseguran, es primordial. La familia favorece la socializaci�n de los j�venes y contribuye a atajar los fen�menos de violencia mediante la transmisi�n de valores y mediante la experiencia de la fraternidad y de la solidaridad, que permite vivir diariamente. En la b�squeda de soluciones leg�timas para la sociedad moderna, no se la puede poner al mismo nivel de simples asociaciones o uniones, y �stas no pueden beneficiarse de los derechos particulares vinculados exclusivamente a la protecci�n del compromiso matrimonial y de la familia, fundada en el matrimonio, como comunidad de vida y amor estable, fruto de la entrega total y fiel de los esposos abierta a la vida�[23] 

(18) Cuantos se ocupan en pol�tica deber�an ser conscientes de la seriedad del problema. La acci�n pol�tica actual tiende en Occidente, con cierta frecuencia, a privilegiar en general los aspectos pragm�ticos y la llamada �pol�tica de equilibrios� sobre cosas muy concretas sin entrar en la discusi�n de los principios que puedan comprometer dif�ciles y precarios compromisos entre partidos, alianzas o coaliciones. Pero dichos equilibrios �no deber�an, m�s bien, estar fundados en base a claridad de los principios, fidelidad a los valores esenciales, nitidez en los postulados fundamentales? �Si no existe ninguna verdad ï¿½ltima que gu�a y orienta la acci�n pol�tica, entonces las ideas y las convicciones pueden ser f�cilmente instrumentalizadas con fines de poder. Una democracia sin valores se convierte con facilidad en un totalitarismo abierto o sutil, como la historia lo demuestra�[24]. La funci�n legislativa corresponde a la responsabilidad pol�tica; en este sentido, es propio del pol�tico velar (no s�lo a nivel de principios sino tambi�n de aplicaciones) para evitar un deterioro, de graves consecuencias presentes y futuras, de la relaci�n ley moral-ley civil y la defensa del valor educativo-cultural del ordenamiento jur�dico[25]. El modo m�s eficaz de velar por el inter�s p�blico no consiste en la cesi�n demag�gica a grupos de presi�n que promueven las uniones de hecho, sino la promoci�n en�rgica y sistem�tica de pol�ticas familiares org�nicas, y que entiendan la familia fundada en el matrimonio como el centro y motor de la pol�tica social, y que cubran el extenso �mbito de los derechos de la familia[26]. A este aspecto la Santa Sede ha dedicado espacio en la Carta de los Derechos de la Familia[27], superando una concepci�n meramente asistencialista del Estado. 

Presupuestos antropol�gicos de la diferencia
entre el matrimonio y las "uniones de hecho" 

(19) El matrimonio, en consecuencia, se asienta sobre unos presupuestos antropol�gicos definidos, que lo distinguen de otros tipos de uni�n, y que -superando el mero �mbito del obrar, de lo �f�ctico�- lo enra�zan en el mismo ser de la persona de la mujer o del var�n. 

Entre estos presupuestos, se encuentra: la igualdad de mujer y var�n, pues �ambos son personas igualmente�[28] (si bien lo son de modo diverso); el car�cter complementario de ambos sexos[29] del que nace la natural inclinaci�n entre ellos impulsada por la tendencia a la generaci�n de los hijos; la posibilidad de un amor al otro precisamente en cuanto sexualmente diverso y complementario, de modo que �este amor se expresa y perfecciona singularmente con la acci�n propia del matrimonio�[30]; la posibilidad -por parte de la libertad- de establecer una relaci�n estable y definitiva, es decir, debida en justicia[31]; y, finalmente, la dimensi�n social de la condici�n conyugal y familiar, que constituye el primer �mbito de educaci�n y apertura a la sociedad a trav�s de las relaciones de parentesco (que contribuyen a la configuraci�n de la identidad de la persona humana)[32]

(20) Si se acepta la posibilidad de un amor especifico entre var�n y mujer, es obvio que tal amor inclina (de por si) a una intimidad, a una determinada exclusividad, a la generaci�n de la prole y a un proyecto com�n de vida: cuando se quiere eso, y se quiere de modo que se le otorga al otro la capacidad de exigirlo, se produce la real entrega y aceptaci�n de mujer y var�n que constituye la comuni�n conyugal. Hay una donaci�n y aceptaci�n rec�proca de la persona humana en la comuni�n conyugal . �Por tanto, el amor coniugalis no es s�lo ni sobre todo sentimiento; por el contrario es esencialmente un compromiso con la otra persona, compromiso que se asume con un acto preciso de voluntad. Exactamente eso califica dicho amor, transform�ndolo en coniugalis. Una vez dado y aceptado el compromiso por medio del consentimiento, el amor se convierte en conyugal, y nunca pierde este car�cter�[33]. A esto, en la tradici�n hist�rica cristiana de occidente, se le llama matrimonio.  

(21) Por tanto se trata de un proyecto com�n estable que nace de la entrega libre y total del amor conyugal fecundo como algo debido en justicia. La dimensi�n de justicia, puesto que se funda una instituci�n social originaria (y originante de la sociedad), es inherente a la conyugalidad misma: �Son libres de celebrar el matrimonio, despu�s de haberse elegido el uno al otro de modo igualmente libre; pero, en el momento en que realizan este acto, instauran un estado personal en el que el amor se transforma en algo debido, tambi�n con valor jur�dico�[34]. Pueden existir otros modos de vivir la sexualidad -aun contra las tendencias naturales-, otras formas de convivencia en com�n, otras relaciones de amistad -basadas o no en la diferenciaci�n sexual-, otros medios para traer hijos al mundo. Pero la familia de fundaci�n matrimonial tiene como espec�fico que es la �nica instituci�n que a�na y re�ne todos los elementos citados, de modo originario y simult�neo. 

(22) Resulta, en consecuencia, necesario subrayar la gravedad y el car�cter insustituible de ciertos principios antropol�gicos sobre la relaci�n hombre-mujer, que son fundamentales para la convivencia humana, y mucho m�s para la salvaguardia de la dignidad de todas las personas. El n�cleo central y el elemento esencial de esos principios es el amor conyugal entre dos personas de igual dignidad, pero distintas y complementarias en su sexualidad. Es el ser del matrimonio como realidad natural y humana el que est� en juego, y es el bien de toda la sociedad el que est� en discusi�n. �Como todos saben, hoy no s�lo se ponen en tela de juicio las propiedades y finalidades del matrimonio, sino tambi�n el valor y la utilidad misma de esta instituci�n. Aun excluyendo generalizaciones indebidas, no es posible ignorar, a este respecto, el fen�meno creciente de las simples uniones de hecho (cf. Familiaris consortio, n. 81), y las insistentes campa�as de opini�n encaminadas a proporcionar dignidad conyugal a uniones incluso entre personas del mismo sexo�[35]

Se trata de un principio b�sico: un amor, para que sea amor conyugal verdadero y libre, debe ser transformado en un amor debido en justicia, mediante el acto libre del consentimiento matrimonial. �A la luz de esos principios -concluye el Papa- puede establecerse y comprenderse la diferencia esencial que existe entre una mera uni�n de hecho, aunque se afirme que ha surgido por amor, y el matrimonio, en el que el amor se traduce en un compromiso no s�lo moral, sino tambi�n rigurosamente jur�dico. El v�nculo, que se asume rec�procamente, desarrolla desde el principio una eficacia que corrobora el amor del que nace, favoreciendo su duraci�n en beneficio del c�nyuge, de la prole y de la misma sociedad�[36].  

En efecto, el matrimonio -fundante de la familia- no es una �forma de vivir la sexualidad en pareja�: si fuera simplemente esto, se tratar�a de una forma m�s entre las varias posibles[37]. Tampoco es simplemente la expresi�n de un amor sentimental entre dos personas: esta caracter�stica se da habitualmente en todo amor de amistad. El matrimonio es m�s que eso: es una uni�n entre mujer y var�n, precisamente en cuanto tales, y en la totalidad de su ser masculino y femenino. Tal uni�n s�lo puede ser establecida por un acto de voluntad libre de los contrayentes, pero su contenido espec�fico viene determinado por la estructura del ser humano, mujer y var�n: rec�proca entrega y transmisi�n de la vida. A este don de s� en toda la dimensi�n complementaria de mujer y var�n con la voluntad de deberse en justicia al otro, se le llama conyugalidad, y los contrayentes se constituyen entonces en c�nyuges: �esta comuni�n conyugal hunde sus ra�ces en el complemento natural que existe entre el hombre y la mujer y se alimenta mediante la voluntad personal de los esposos de compartir todo su proyecto de vida, lo que tienen y lo que son; por eso tal comuni�n es el fruto y el signo de una exigencia profundamente humana�[38].   

Mayor gravedad de la equiparaci�n del matrimonio
a las relaciones homosexuales 

(23) La verdad sobre el amor conyugal permite comprender tambi�n las graves consecuencias sociales de la institucionalizaci�n de la relaci�n homosexual: �se pone de manifiesto tambi�n qu� incongruente es la pretensi�n de atribuir una realidad conyugal a la uni�n entre personas del mismo sexo. Se opone a esto, ante todo, la imposibilidad objetiva de hacer fructificar el matrimonio mediante la transmisi�n de la vida, seg�n el proyecto inscrito por Dios en la misma estructura del ser humano. Asimismo, se opone a ello la ausencia de los presupuestos para la complementariedad interpersonal querida por el Creador, tanto en el plano fisico-biol�gico como en el eminentemente psicol�gico, entre el var�n y la mujer...�[39]. El matrimonio no puede ser reducido a una condici�n semejante a la de una relaci�n homosexual; esto es contrario al sentido com�n[40]. En el caso de las relaciones homosexuales que reivindican ser consideradas uni�n de hecho, las consecuencias morales y jur�dicas alcanzan una especial relevancia[41]. �Las 'uniones de hecho' entre homosexuales, adem�s, constituyen una deplorable distorsi�n de lo que deber�a ser la comuni�n de amor y vida entre un hombre y una mujer, en rec�proca donaci�n abierta a la vida�[42]. Todav�a es mucho m�s grave la pretensi�n de equiparar tales uniones a �matrimonio legal�, como algunas iniciativas recientes promueven[43]. Por si fuera poco, los intentos de posibilitar legalmente la adopci�n de ni�os en el contexto de las relaciones homosexuales a�ade a todo lo anterior un elemento de gran peligrosidad[44]. �No puede constituir una verdadera familia el v�nculo de dos hombres o de dos mujeres, y mucho menos se puede a esa uni�n atribuir el derecho de adoptar ni�os privados de familia�[45]. Recordar la trascendencia social de la verdad sobre el amor conyugal y, en consecuencia, el grave error que supondr�a el reconocimiento o incluso equiparaci�n del matrimonio a las relaciones homosexuales no supone discriminar, en ning�n modo, a estas personas. Es el mismo bien com�n de la sociedad el que exige que las leyes reconozcan, favorezcan y protegan la uni�n matrimonial como base de la familia, que se ver�a, de este modo, perjudicada[46]

IV - Justicia y bien social de la familia   

La familia, bien social a proteger en justicia 

(24) El matrimonio y la familia son un bien social de primer orden: �La familia expresa siempre una nueva dimensi�n del bien para los hombres, y por esto suscita una nueva responsabilidad. Se trata de la responsabilidad por aquel singular bien com�n en el cual se encuentra el bien del hombre: el bien de cada miembro de la comunidad familiar; es un bien ciertamente �dif�cil� (�bonum arduum�), pero atractivo�[47]. Ciertamente no todos los c�nyuges ni todas las familias desarrollan de hecho todo el bien personal y social posible[48], de ah� que la sociedad deba corresponder poniendo a su alcance del modo m�s accesible los medios para facilitar el desarrollo de sus valores propios, pues �conviene hacer realmente todos los esfuerzos posibles para que la familia sea reconocida como sociedad primordial y, en cierto modo, �soberana�. Su �soberan�a` es indispensable para el bien de la sociedad�[49]

Valores sociales objetivos a fomentar 

(25) As� entendido, el matrimonio y la familia constituyen un bien para la sociedad porque protegen un bien precioso para los c�nyuges mismos, pues �la familia, sociedad natural, existe antes que el Estado o cualquier otra comunidad, y posee unos derechos propios que son inalienables�[50]. De una parte, la dimensi�n social de la condici�n de casados postula un principio de seguridad jur�dica: porque el hacerse esposa o esposo pertenece al �mbito del ser -y no del mero obrar- la dignidad de este nuevo signo de identidad personal tiene derecho a su reconocimiento p�blico y que la sociedad corresponda como merece el bien que constituye [51]. Es obvio que el buen orden de la sociedad es facilitado cuando el matrimonio y la familia se configuran como lo que son verdaderamente: una realidad estable[52]. Por lo dem�s, la integridad de la donaci�n como var�n y mujer en su potencial paternidad y maternidad, con la consiguiente uni�n -tambi�n exclusiva y permanente- entre los padres y los hijos expresa una confianza incondicional que se traduce en una fuerza y un enriquecimiento para todos[53]

(26) De una parte, la dignidad de la persona humana exige que su origen provenga de los padres unidos en matrimonio; de la uni�n �ntima, �ntegra, mutua y permanente -debida- que proviene del ser esposos. Se trata, por tanto, de un bien para los hijos. Este origen es el �nico que salvaguarda adecuadamente el principio de identidad de los hijos, no s�lo desde la perspectiva gen�tica o biol�gica, sino tambi�n desde la perspectiva biogr�fica o hist�rica[54]. Por otra parte, el matrimonio constituye el �mbito de por s� m�s humano y humanizador para la acogida de los hijos: aquel que m�s f�cilmente presta una seguridad afectiva, aquel que garantiza mayor unidad y continuidad en el proceso de integraci�n social y de educaci�n. �La uni�n entre madre y concebido y la funci�n insustituible del padre requieren que el hijo sea acogido en una familia que le garantice, posiblemente, la presencia de ambos padres. La contribuci�n espec�fica ofrecida por ellos a la familia, y a trav�s de ella, a la sociedad, es digna de gran consideraci�n�[55]. Por lo dem�s, la secuencia continuada entre conyugalidad, maternidad/paternidad, y parentesco (filiaci�n, fraternidad, etc.), evita muchos y serios problemas a la sociedad que aparecen precisamente cuando se rompe la concatenaci�n de los diversos elementos de modo que cada uno de ellos viene a actuar con independencia de los dem�s[56]

(27) Tambi�n para los dem�s miembros de la familia la uni�n matrimonial como realidad social aporta un bien. En efecto, en el seno de la familia nacida de un v�nculo conyugal, no s�lo las nuevas generaciones son acogidas y aprenden a cooperar con lo que les es propio, sino que tambi�n las generaciones anteriores (abuelos) tienen la oportunidad de contribuir al enriquecimiento com�n: aportar las propias experiencias, sentir una vez mas la validez de su servicio, confirmar su dignidad plena de personas siendo valoradas y amadas por s� mismas, y aceptadas en un di�logo intergeneracional tantas veces fecundo. En efecto, �la familia es el lugar donde se encuentran diferentes generaciones y donde se ayudan mutuamente a crecer en sabidur�a humana y a armonizar los derechos individuales con las dem�s exigencias de la vida social�[57]. A la vez, las personas de la tercera edad pueden mirar con confianza y seguridad el futuro porque se saben rodeadas y atendidas por aquellos a quienes han atendido durante largos a�os. Por lo dem�s, es conocido que, cuando la familia vive realmente como tal, la calidad en la atenci�n a las personas ancianas no puede ser suplida -al menos en determinados aspectos- por la atenci�n prestada desde instituciones ajenas a su �mbito, aunque sea esmerada y cuente con avanzados medios t�cnicos[58]

(28) Se pueden considerar tambi�n otros bienes para el conjunto de la sociedad, derivados de la comuni�n conyugal como esencia del matrimonio y origen de la familia. Por ejemplo, el principio de identificaci�n del ciudadano, el principio del car�cter unitario del parentesco -que constituye las relaciones originarias de la vida en sociedad- as� como su estabilidad; el principio de transmisi�n de bienes y valores culturales; el principio de subsidiariedad: pues la desaparici�n de la familia obligar�a al Estado a la carga de sustituirla en tareas que le son propias por naturaleza; el principio de econom�a tambi�n en materia procesal: pues donde se rompe la familia el Estado debe multiplicar su intervencionismo para resolver directamente problemas que deber�an mantenerse y solucionarse en el �mbito privado, con elevados costes traum�ticos y tambi�n econ�micos. En resumen, adem�s de lo expuesto hay que recordar que �la familia constituye, m�s que una unidad jur�dica, social y econ�mica, una comunidad de amor y de solidaridad, insustituible para la ense�anza y transmisi�n de los valores culturales, �ticos, sociales, espirituales y religiosos, esenciales para el desarrollo y bienestar de sus propios miembros y de la sociedad�[59] Por lo dem�s, la desmembraci�n de la familia, lejos de contribuir a una esfera mayor de libertad, dejar�a al individuo cada vez m�s inerme e indefenso ante el poder del Estado, y lo empobrecer�a al exigir una progresiva complejidad jur�dica. 

La sociedad y el Estado deben proteger y promover
la familia fundada en el matrimonio 

(29) En definitiva, la promoci�n humana, social y material de la familia fundada en el matrimonio y la protecci�n jur�dica de los elementos que la componen en su car�cter unitario, no s�lo es un bien para los componentes de la familia individualmente considerados, sino para la estructura y el funcionamiento adecuado de las relaciones interpersonales, de los equilibrios de poderes, de las garant�as de libertad, de los intereses educativos, de la personalizaci�n de los ciudadanos y de la distribuci�n de funciones entre las diversas instituciones sociales: �el papel de la familia en la edificaci�n de la cultura de la vida es determinante e insustituible�[60]. No podemos olvidar que si la crisis de la familia ha sido en determinadas ocasiones y aspectos la causante de un mayor intervencionismo estatal en su �mbito propio, tambi�n es cierto que en muchas otras ocasiones y aspectos ha sido la iniciativa de los legisladores la que ha facilitado o promovido las dificultades y rupturas de no pocos matrimonios y familias. �La experiencia de diferentes culturas a trav�s de la historia ha mostrado la necesidad que tiene la sociedad de reconocer y defender la instituci�n de la familia (...) La sociedad, y de modo particular el Estado y las Organizaciones Internacionales, deben proteger la familia con medidas de car�cter pol�tico, econ�mico, social y jur�dico, que contribuyan a consolidar la unidad y la estabilidad de la familia para que pueda cumplir su funci�n espec�fica�[61] 

Hoy m�s que nunca se hace necesaria -para la familia, y para la sociedad misma- una atenci�n adecuada a los problemas actuales del matrimonio y la familia, un respeto exquisito de la libertad que le corresponde, una legislaci�n que proteja sus elementos esenciales y que no grabe las decisiones libres: respecto a un trabajo de la mujer no compatible con su situaci�n de esposa y madre[62], respecto a una "cultura del �xito" que no permite a quien trabaja hacer compatible su competencia profesional con la dedicaci�n a su familia[63], respecto a la decisi�n de tener los hijos que en su conciencia asuman los c�nyuges[64], respecto a la protecci�n del car�cter permanente al que leg�timamente aspiran las parejas casadas[65], respecto a la libertad religiosa y a la dignidad e igualdad de derechos[66] respecto a los principios y ejecuci�n de la educaci�n querida para los hijos[67], respecto a al tratamiento fiscal y a otras normas de tipo patrimonial (sucesiones, vivienda, etc.), respecto al tratamiento de su autonom�a leg�tima y al respeto y fomento de su iniciativa en el �mbito social y pol�tico, especialmente en lo referente a la propia familia[68]. De ah� la necesidad social de distinguir fen�menos diferentes en s� mismos, en su aspecto legal, y en su aportaci�n al bien com�n, y de tratarlos adecuadamente como distintos. �El valor institucional del matrimonio debe ser reconocido por las autoridades p�blicas; la situaci�n de las parejas no casadas no debe ponerse al mismo nivel que el matrimonio debidamente contra�do�[69]


V - Matrimonio cristiano y uni�n de hecho   

Matrimonio cristiano y pluralismo social 

(30) La Iglesia, m�s intensamente en los �ltimos tiempos, ha recordado insistentemente la confianza debida a la persona humana, su libertad, su dignidad y sus valores, y la esperanza que proviene de la acci�n salv�fica de Dios en el mundo, que ayuda a superar toda debilidad. A la vez, ha manifestado su grave preocupaci�n ante diversos atentados a la persona humana y su dignidad, haciendo notar tambi�n algunos presupuestos ideol�gicos t�picos de la cultura llamada �postmoderna�, que hacen dif�cil comprender y vivir los valores que exige la verdad acerca del ser humano. �En efecto, ya no se trata de contestaciones parciales y ocasionales, sino que, partiendo de determinadas concepciones antropol�gicas y �ticas, se pone en tela de juicio, de modo global y sistem�tico, el patrimonio moral. En la base se encuentra el influjo, m�s o menos velado, de corrientes de pensamiento que terminan por erradicar la libertad humana de su relaci�n esencial y constitutiva con la verdad�[70] 

Cuando se produce esta desvinculaci�n entre libertad y verdad, �desaparece toda referencia a valores comunes y a una verdad absoluta para todos; la vida social se adentra en las arenas movedizas de un relativismo absoluto. Entonces todo es pactable, todo es negociable: incluso el primero de los derechos fundamentales, el de la vida�[71]. Se trata tambi�n de un aviso ciertamente aplicable a la realidad del matrimonio y la familia, �nica fuente y cauce plenamente humano de la realizaci�n de ese primer derecho. Esto sucede cuando se acepta �una corrupci�n de la idea y de la experiencia de la libertad, concebida no como la capacidad de realizar la verdad del proyecto de Dios sobre el matrimonio y la familia, sino como una fuerza aut�noma de autoafirmaci�n, no raramente contra los dem�s, en orden al propio bienestar ego�sta�[72] 

(31) Asimismo, la comunidad cristiana ha vivido desde el principio la constituci�n del matrimonio cristiano como signo real de la uni�n de Cristo con la Iglesia. El matrimonio ha sido elevado por Jesucristo a evento salv�fico en el nuevo orden instaurado en la econom�a de la Redenci�n, es decir, el matrimonio es sacramento de la nueva Alianza[73], aspecto esencial para comprender el contenido y alcance del consorcio matrimonial entre los bautizados. El Magisterio de la Iglesia ha se�alado tambi�n con claridad que �el sacramento del matrimonio tiene esta peculiaridad respecto a los otros: ser el sacramento de una realidad que existe ya en la econom�a de la Creaci�n; ser el mismo pacto conyugal instituido por el Creador al principio�[74]

En el contexto de una sociedad frecuentemente descristianizada y alejada de los valores de la verdad de la persona humana, interesa ahora subrayar precisamente el contenido de esa �alianza matrimonial, por la que el var�n y la mujer constituyen un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma �ndole natural al bien de los c�nyuges y a la generaci�n y educaci�n de la prole�[75], tal como fue instituido por Dios �desde el principio�[76], en el orden natural de la Creaci�n. Es conveniente una serena reflexi�n no s�lo a los fieles creyentes, sino tambi�n a quienes est�n ahora alejados de la pr�ctica religiosa, carecen de la fe, o sostienen creencias de diversa �ndole: a toda persona humana, en cuanto mujer y var�n, miembros de una comunidad civil, y responsables del bien com�n. Conviene recordar la naturaleza de la familia de origen matrimonial, su car�cter ontol�gico, y no s�lamente hist�rico y coyuntural, por encima de los cambios de tiempos, lugares y culturas, y la dimensi�n de justicia que surge de su propio ser. 

El proceso de secularizaci�n de la familia en Occidente 

(32) En los comienzos del proceso de secularizaci�n de la instituci�n matrimonial, lo primero y casi �nico que se seculariz� fueron las nupcias o formas de celebraci�n del matrimonio, al menos en los pa�ses occidentales de ra�ces cat�licas. Pervivieron, no obstante, tanto en la conciencia popular, como en los ordenamientos seculares, durante un cierto tiempo, los principios b�sicos del matrimonio, tales como el valor precioso de la indisolubilidad matrimonial, y, especialmente, de la indisolubilidad absoluta del matrimonio sacramental, rato y consumado, entre bautizados[77]. La introducci�n generalizada en los ordenamientos legislativos de lo que el Concilio Vaticano II denomina �la epidemia del divorcio�, di� origen a un progresivo oscurecimiento en la conciencia social, sobre el valor de aquello que constituy� durante siglos una gran conquista de la humanidad. La Iglesia primitiva logr�, no ya sacralizar o cristianizar la concepci�n romana del matrimonio, sino devolver esta instituci�n a sus or�genes creacionales, de acuerdo con la expl�cita voluntad de Jesucristo. Es cierto que en la conciencia de aquella Iglesia primitiva se percib�a ya con claridad que el ser natural del matrimonio estaba ya concebido en su or�gen por Dios Creador para ser signo del amor de Dios a su pueblo, y una vez llegada la plenitud de los tiempos, del amor de Cristo a su Iglesia. Pero lo primero que hace la Iglesia, guiada por el Evangelio y por las expl�citas ense�anzas de Cristo su Se�or, es reconducir el matrimonio a sus principios, consciente de que �el mismo Dios es el autor del matrimonio, al que ha dotado con bienes y fines varios�[78]. Era bien consciente adem�s de que la importancia de esa instituci�n natural �es muy grande para la continuaci�n del g�nero humano, para el bienestar personal de cada miembro de la familia y su suerte eterna, para la dignidad, estabilidad paz y prosperidad de la misma familia y de toda la sociedad humana...�[79]. Quienes se casan seg�n las formalidades establecidas (por la Iglesia y el Estado, seg�n los casos), pueden y quieren, ordinariamente, contraer un verdadero matrimonio; la tendencia a la uni�n conyugal es connatural a la persona humana, y en esta decisi�n se basa el aspecto jur�dico del pacto conyugal y el nacimiento de un verdadero v�nculo conyugal. 

El matrimonio, instituci�n del amor conyugal,
ante otro tipo de uniones 

(33) La realidad natural del matrimonio est� contemplada en las leyes can�nicas de la Iglesia[80]. La ley can�nica describe en sustancia el ser del matrimonio de los bautizados, tanto en su momento in fieri -el pacto conyugal- como en su condici�n de estado permanente en el que se ubican las relaciones conyugales y familiares. En este sentido, la jurisdicci�n eclesi�stica sobre el matrimonio es decisiva y representa una aut�ntica salvaguardia de los valores familiares. No siempre se comprenden y respetan adecuadamente los principios b�sicos del ser matrimonial respecto al amor conyugal, y su �ndole de sacramento. 

(34) Por lo que respecta a los primeros, se habla con frecuencia del amor como base del matrimonio y de �ste como de una comunidad de vida y de amor, pero no siempre se afirma de manera clara su verdadera condici�n de instituci�n conyugal, al no incorporar la dimensi�n de justicia propia del consenso. El matrimonio es instituci�n. No advertir esta deficiencia, suele generar un grave equ�voco entre el matrimonio cristiano y las uniones de hecho: tambi�n los convivientes en uniones de hecho pueden decir que est�n fundados en el �amor� (pero un "amor" calificado por el Concilio Vaticano II como �sic dicto libero�), y que constituyen una comunidad de vida y amor, pero sustancialmente diversa a la �communitas vitae et amoris coniugalis� del matrimonio[81].  

(35) En relaci�n a los principios b�sicos respecto a la sacramentalidad del matrimonio, la cuesti�n es m�s compleja, porque los pastores de la Iglesia deben considerar la inmensa riqueza de gracia que dimana del ser sacramental del matrimonio cristiano y su influjo en las relaciones familiares derivadas del matrimonio. Dios ha querido que el pacto conyugal del principio, el matrimonio de la Creaci�n, sea signo permanente de la uni�n de Cristo con la Iglesia, y sea por ello verdadero sacramento de la Nueva Alianza. El problema reside en comprender adecuadamente que esa sacramentalidad no es algo sobrea�adido o extr�nseco al ser natural del matrimonio, sino que es el mismo matrimonio querido indisoluble por el Creador, el que es elevado a sacramento por la acci�n redentora de Cristo, sin que ello suponga ninguna �desnaturalizaci�n� de la realidad. Por no entenderse adecuadamente la peculiaridad de este sacramento respecto a los otros, pueden surgir malos entendimientos que oscurecen la noci�n de matrimonio sacramental. Esto tiene una incidencia especial en la preparaci�n para el matrimonio: los loables esfuerzos en preparar a los novios para la celebraci�n del sacramento, pueden desvanecerse sin una comprensi�n clara de lo que es el matrimonio absolutamente indisoluble que van a contraer. Los bautizados no se presentan ante la Iglesia s�lo para celebrar una fiesta mediante unos ritos especiales, sino para contraer un matrimonio para toda la vida, que es un sacramento de la Nueva Alianza. Por este sacramento participan en el misterio de la uni�n de Cristo y la Iglesia, y expresan su uni�n �ntima e indisoluble[82]


VI - Gu�as cristianas de orientaci�n    

Planteamiento b�sico del problema:
"al principio no fue as�" 

(36) La comunidad cristiana se ve interpelada por el fen�meno de las uniones de hecho. Las uniones sin v�nculo institucional legal -ni civil ni religioso-, constituyen ya un fen�meno cada vez m�s frecuente al que tiene que prestar atenci�n la acci�n pastoral de la Iglesia[83]. No s�lo mediante la raz�n, sino tambi�n, y sobre todo, mediante el �esplendor de la verdad� que le ha sido donado mediante la fe, el creyente es capaz de llamar las cosas con su propio nombre: el bien, bien, y el mal, mal. En el contexto actual, fuertemente relativista e inclinado a disolver toda diferencia -incluso aquellas que son esenciales- entre matrimonio y uniones de hecho, son precisas la mayor sabidur�a y la libertad m�s valiente a la hora de no prestarse a equ�vocos ni a compromisos, con la convicci�n de que la �crisis m�s peligrosa que puede afligir al hombre� es �la confusi�n entre el bien y el mal, que hace imposible construir y conservar el orden moral de los individuos y las comunidades�[84]. A la hora de efectuar una reflexi�n espec�ficamente cristiana de los signos de los tiempos ante el aparente oscurecimiento, en el coraz�n de algunos de nuestros contemporaneos, de la verdad profunda del amor humano, conviene acercarse a las aguas puras del Evangelio. 

(37) �Y se le acercaron unos fariseos que, para ponerle a prueba, le dijeron: '�puede uno repudiar a su mujer por un motivo cualquiera?' El respondi� '�No habeis le�do que el Creador, desde el comienzo, los hizo var�n y hembra y que dijo: Por eso dejar� el hombre a su padre y a su madre y se unir� a su mujer, y los dos se har�n una sola carne? De manera que ya no son dos sino una sola carne. Pues bien, lo que Dios uni� no lo separe el hombre'. D�cenle: 'Pues �por qu� Mois�s prescribi� dar acta de divorcio y repudiarla?' D�celes: 'Mois�s, teniendo en cuenta la dureza de vuestro coraz�n, os permiti� repudiar a vuestras mujeres; pero al principio no fue as�'� (Mt 19, 3-8). Son bien conocidas estas palabras del Se�or, as� como la reacci�n de los disc�pulos: �Si tal es la condici�n del hombre respecto de su mujer, no trae en cuenta casarse� (Mt 19, 10). Esta reacci�n se enmarca, ciertamente, en la mentalidad entonces dominante, una mentalidad en ruptura con el plan originario del Creador[85]. La concesi�n de Mois�s traduce la presencia del pecado, que adopta la forma de una �duritia cordis�. Hoy, quiz�s m�s que en otros tiempos, es preciso tener en cuenta este obst�culo de la inteligencia, endurecimiento de la voluntad, fijaci�n de las pasiones, que es la raiz escondida de muchos de los factores de fragilidad que influyen en la difusi�n presente de las uniones de hecho. 

Uniones de hecho, factores de fragilidad
y gracia sacramental 

(38) La presencia de la Iglesia y del matrimonio cristiano ha comportado, durante siglos, que la sociedad civil fuera capaz de reconocer el matrimonio en su condici�n originaria, a la que Cristo alude en su respuesta[86]. La condici�n originaria del matrimonio, y la dificultad de reconocerla y de vivirla como �ntima verdad, en la profundidad del propio ser, �propter duritiam cordis� resulta, tambi�n hoy, de perenne actualidad. El matrimonio es una instituci�n natural cuyas caracter�sticas esenciales pueden ser reconocidas por la inteligencia, m�s all� de las culturas[87]. Este reconocimiento de la verdad sobre el matrimonio es tambi�n de orden moral[88]. Pero no se puede ignorar el hecho de que la naturaleza humana, herida por el pecado, y redimida por Cristo, no siempre alcanza a reconocer con claridad las verdades inscritas por Dios en su propio coraz�n. De aqu� que el testimonio cristiano en el mundo, la Iglesia y su Magisterio sean una ense�anza y un testimonio vivos en medio del mundo[89]. Es tambi�n importante en este contexto subrayar la verdadera y propia necesidad de la gracia para que la vida matrimonial se desarrolle en su aut�ntica plenitud[90]. Por ello, a la hora de un discernimiento pastoral de la problem�tica de las uniones de hecho, es importante la consideraci�n de la fragilidad humana y la importancia de una experiencia y una catequesis verdaderamente eclesiales, que oriente hacia la vida de gracia, oraci�n, los sacramentos, y en particular el de la Reconciliaci�n. 

(39) Es necesario distinguir diversos elementos, entre estos factores de fragilidad que dan origen a esas uniones de hecho, caracterizadas por el amor llamado �libre�, que omite o excluye la vinculaci�n propia y caracter�stica del amor conyugal. Adem�s, es preciso, como dec�amos antes, distinguir las uniones de hecho a las que algunos se consideran como obligados por dif�ciles situaciones y aquellas otras buscadas en s� mismas con �una actitud de desprecio, contestaci�n o rechazo de la sociedad, de la instituci�n familiar, de la organizaci�n socio-pol�tica o de la mera b�squeda del placer�[91]. Hay que considerar tambi�n a quienes son empujados a las uniones de hecho �por la extrema ignorancia y pobreza, a veces por condicionamientos debidos a situaciones de verdadera injusticia, o tambi�n por una cierta inmadurez psicol�gica que les hace sentir la incertidumbre o el temor de ligarse con un v�nculo estable y definitivo�[92]

El discernimiento �tico, la acci�n pastoral, y el compromiso cristiano con las realidades pol�ticas, deber�n tener en cuenta, por consiguiente, la multiplicidad de realidades que se encuentran bajo el t�rmino com�n �uniones de hecho�, de las que antes hemos hecho menci�n[93]. Cualesquiera que sean las causas que las originan esas uniones comportan �serios problemas pastorales, por las graves consecuencias religiosas y morales que de ah� se derivan (p�rdida del sentido religioso del matrimonio visto a la luz de la Alianza de Dios con su Pueblo, privaci�n de la gracia del sacramento, grave esc�ndalo), as� como tambi�n por las consecuencias sociales (destrucci�n del concepto de familia, atenuaci�n del sentido de fidelidad incluso hacia la sociedad, posibles traumas psicol�gicos en los hijos y reafirmaci�n del ego�smo)�[94]. La Iglesia se muestra, por tanto, sensible a la proliferaci�n de esos fen�menos de uniones no matrimoniales, debido a la dimensi�n moral y pastoral del problema. 

Testimonio del matrimonio cristiano 

(40) Los esfuerzos por obtener una legislaci�n favorable de las uniones de hecho en much�simos pa�ses de antigua tradici�n cristiana crea no poco preocupaci�n entre pastores y fieles. Podr�a parecer que muchas veces no se sabe qu� respuesta dar a este fen�meno y la reacci�n es meramente defensiva, pudiendo darse la impresi�n de que la Iglesia simplemente quiere mantener el statu quo, como si la familia matrimonial fuera simplemente el modelo cultural (un modelo �tradicional�) de la Iglesia que se quiere conservar a pesar de las grandes transformaciones de nuestra �poca.  

Ante ello, es preciso profundizar en los aspectos positivos del amor conyugal de modo que sea posible volver a inculturar la verdad del Evangelio, de modo an�logo a como lo hicieron los cristianos de los primeros siglos de nuestra era. El sujeto privilegiado de esta nueva evangelizaci�n de la familia son las familias cristianas, porque son ellas, sujetos de evangelizaci�n, las primeras evangelizadoras de la �buena noticia� del �amor hermoso�[95] no s�lo con su palabra sino, sobre todo, con su testimonio personal. Es urgente redescubrir el valor social de la maravilla del amor conyugal, puesto que el fen�meno de las uniones de hecho no est� al margen de los factores ideol�gicos que la oscurecen, y que corresponden a una concepci�n errada de la sexualidad humana y de la relaci�n hombre-mujer. De aqu� la trascendental importancia de la vida de gracia en Cristo de los matrimonios cristianos: �Tambi�n la familia cristiana est� inserta en la Iglesia, pueblo sacerdotal, mediante el sacramento del matrimonio, en el cual est� enraizada y de la que se alimenta, es vivificada continuamente por el Se�or y es llamada e invitada al di�logo con Dios mediante la vida sacramental, el ofrecimiento de la propia vida y la oraci�n. Este es el cometido sacerdotal que la familia cristiana puede y debe ejercer en �ntima comuni�n con toda la Iglesia, a trav�s de las realidades cotidianas de la vida conyugal y familiar. De esta manera la familia cristiana es llamada a santificarse y santificar a la comunidad eclesial y al mundo�[96] 

(41) La presencia misma de los matrimonios cristianos en los m�ltiples ambientes de la sociedad es un modo privilegiado de mostrar al hombre contempor�neo (en buena medida destru�do en su subjetividad, exhausto en una vana b�squeda de un amor �libre�, opuesto al verdadero amor conyugal, mediante una multitud de experiencias fragmentadas) la real posibilidad de reencuentro del ser humano consigo mismo, de ayudarle a comprender la realidad de una subjetividad plenamente realizada en el matrimonio en Cristo Se�or. Solo en esta especie de �choque� con la realidad, puede hacer emerger, en el coraz�n, la nostalgia de una patria de la cual toda persona custodia un recuerdo imborrable. A los hombres y mujeres desenga�ados, que se preguntan a s� mismos c�nicamente: ��puede venir algo bueno del coraz�n humano?� es preciso poder responderles: �venid y ved nuestro matrimonio, nuestra familia�. Este puede ser un punto decisivo de partida, testimonio real con que la comunidad cristiana, con la gracia de Dios, manifiesta la misericordia de Dios para con los hombres. Puede constatarse como sumamente positiva, en muchos ambientes, la muy considerable influencia ejercida por parte de los fieles cristianos. En raz�n de una consciente elecci�n de fe y vida, resultan, en medio de sus contempor�neos, como el fermento en la masa, como la luz en medio a las tinieblas. La atenci�n pastoral en su preparaci�n al matrimonio y la familia, y su acompa�amiento en la vida matrimonial y familiar es de fundamental importancia para la vida de la Iglesia y del mundo[97]

Adecuada preparaci�n al matrimonio 

(42) El Magisterio de la Iglesia, sobre todo a partir del Concilio Vaticano II, se ha referido reiteradamente a la importancia e insustituibilidad de la preparaci�n al matrimonio en la pastoral ordinaria. Esta preparaci�n no puede reducirse a una mera informaci�n sobre lo que es el matrimonio para la Iglesia, sino que debe ser verdadero camino de formaci�n de las personas, basado en la educaci�n en la fe y la educaci�n en las virtudes. Este Pontificio Consejo para la Familia ha tratado de este importante aspecto de la pastoral de la Iglesia, subrayando la centralidad de la preparaci�n al matrimonio y el contenido de dicha preparaci�n en los Documentos Sexualidad humana: verdad y significado, de 8 de Diciembre de 1995, y Preparaci�n al sacramento del matrimonio, de 13 de mayo de 1996.   

(43) �La preparaci�n al matrimonio, a la vida conyugal y familiar, es de gran importancia para el bien de la Iglesia. Efectivamente, el sacramento del matrimonio tiene un gran valor para toda la comunidad cristiana y, en primer lugar, para los esposos, cuya decisi�n es de tal importancia, que no se puede dejar a la improvisaci�n o a elecciones apresuradas. En otras �pocas, esta preparaci�n pod�a contar con el apoyo de la sociedad, la cual reconoc�a los valores y los beneficios del matrimonio. La Iglesia, sin dificultades o dudas, tutelaba su santidad, consciente del hecho de que el sacramento del matrimonio representaba una garant�a eclesial, como c�lula vital del Pueblo de Dios. El apoyo de la Iglesia era, al menos en las comunidades realmente evangelizadas, firme, unitario y compacto. Eran raras, en general, las separaciones y los fracasos matrimoniales y el divorcio era considerado como una 'plaga' social (cfr. GS 47). Hoy, en cambio, en no pocos casos, se asiste a una acentuada descomposici�n de la familia y a una cierta corrupci�n de los valores del matrimonio. En muchas naciones, sobre todo econ�micamente desarrolladas, el �ndice de nupcialidad se ha reducido. Se suele contraer matrimonio en una edad m�s avanzada y aumenta el n�mero de divorcios y separaciones, tambi�n en los primeros a�os de la vida conyugal. Todo ello lleva inevitablemente a una inquietud pastoral, muchas veces recordada: quien contrae el matrimonio, �est� realmente preparado para ello? El problema de la preparaci�n para el sacramento del matrimonio y para la vida conyugal, surge como una gran necesidad pastoral, ante todo por el bien de los esposos, para toda la comunidad cristiana y para la sociedad. Por ello aumentan en todas partes el inter�s y las iniciativas para dar respuestas adecuadas y oportunas a la preparaci�n al sacramento del matrimonio�[98] 

(44) En la actualidad el problema no se reduce tanto como en otros tiempos a que los j�venes llegan impreparados al matrimonio. Debido en parte a una visi�n antropol�gica pesimista, desestructurante, disolvente de la subjetividad, muchos de ellos incluso ponen en duda la posibilidad misma de una donaci�n real en el matrimonio que d� origen a un v�nculo fiel, fecundo e indisoluble. Fruto de esta visi�n es, en algunos casos, el rechazo de la instituci�n matrimonial como una realidad ilusoria, a la que s�lo podr�an acceder personas con una preparaci�n especial�sima. De aqu� la importancia de una educaci�n cristiana en una noci�n recta y realista de la libertad en relaci�n al matrimonio, como capacidad de escoger y encaminarse a ese bien que es la donaci�n matrimonial. 

Catequesis familiar 

(45) En este sentido, es muy importante la acci�n de prevenci�n mediante la catequesis familiar. El testimonio de las familias cristianas es insustituible, tanto con los propios hijos como en medio a la sociedad en la que viven: no son s�lo los pastores quienes deben defender a la familia, sino las mismas familias que deben exigir el respeto de sus derechos y de su identidad. Debe hoy subrayarse el importante lugar que en la pastoral familiar representan las catequesis familiares, en las que de modo org�nico, completo y sistem�tico se afronten las realidades familiares y, sometidas al criterio de la fe, esclarecidas con la Palabra de Dios interpretada eclesialmente en fidelidad al Magisterio de la Iglesia por pastores leg�timos y competentes que contribuyan verdaderamente, en un proceso catequ�tico, a la profundizaci�n de la verdad salv�fica sobre el hombre. Se debe hacer un esfuerzo para mostrar la racionalidad y la credibilidad del Evangelio sobre el matrimonio y la familia, reestructurando el sistema educativo de la Iglesia[99]. As�, la explicaci�n del matrimonio y la familia a partir de una visi�n antropol�gica correcta no deja de causar sorpresa entre los mismos cristianos, que descubren que no es una cuesti�n s�lo de fe, y que encuentran razones para confirmarse en ella y para actuar, dando testimonio personal de vida y desarrollando una misi�n apost�lica espec�ficamente laical. 

Medios de comunicaci�n 

(46) En nuestros d�as, la crisis de los valores familiares y de la noci�n de familia en los ordenamientos estatales y en los medios de transmisi�n de la cultura �prensa, televisi�n, internet, cine, etc.� hace necesario un especial esfuerzo de presencia de los valores familiares en los medios de comunicaci�n. Se considere, por ejemplo, la gran influencia de estos medios en la p�rdida de sensibilidad social ante situaciones como el adulterio, el divorcio, o las mismas uniones de hecho, as� como la perniciosa deformaci�n, en muchos casos, en los �valores� (o mejor �disvalores�) que dichos medios presentan, a veces, como propuestas normales de vida. Adem�s hay que tener en cuenta que, en ciertas ocasiones y pese a la meritoria contribuci�n de los cristianos comprometidos que colaboran en estos medios, ciertos programas y series televisivas, por ejemplo, no s�lo no contribuyen a la formaci�n religiosa, sino m�s bien a la desinformaci�n y al incremento de la ignorancia religiosa. Estos factores, pese a no encontrarse entre los elementos fundamentales de la conformaci�n de una cultura, influyen, en una medida no irrelevante, entre aquellos elementos sociol�gicos a tener en cuenta en una pastoral inspirada en criterios realistas. 

Compromiso social 

(47) Para muchos de nuestros contempor�neos, cuya subjetividad ha sido ideol�gicamente �demolida�, por as� decirlo, el matrimonio resulta poco m�s o menos impensable; para estas personas la realidad matrimonial no tiene ning�n significado. �En que modo puede la pastoral de la Iglesia ser tambi�n para ellas un evento de salvaci�n? En este sentido, el compromiso pol�tico y legislativo de los cat�licos que tienen responsabilidades en estos �mbitos resulta decisivo. Las legislaciones constituyen, en �mplia medida, el �ethos� de un pueblo. Sobre este particular, resulta especialmente oportuno una llamada a vencer la tentaci�n de indiferencia en el �mbito pol�tico-legislativo, y subrayar la necesidad de testimonio p�blico de la dignidad de la persona. La equiparaci�n a la familia de las uniones de hecho supone, como ha ya quedado expuesto, una alteraci�n del ordenamiento hacia el bien com�n de la sociedad y comporta un deterioro de la instituci�n matrimonial fundada en el matrimonio. Es un mal, por tanto, para las personas, las familias y las sociedades. Lo �pol�ticamente posible� y su evoluci�n a lo largo del tiempo no puede resultar desvinculado de los principios �ltimos de la verdad sobre la persona humana, que tiene que inspirar actitudes, iniciativas concretas y programas de futuro[100]. Tambi�n resulta conveniente la cr�tica al �dogma� de la conexi�n indisociable entre democracia y relativismo �tico que se encuentra en la base de muchas iniciativas legislativas que buscan la equiparaci�n de las uniones de hecho con la familia.  

(48) El problema de las uniones de hecho constituye un verdadero desaf�o para los cristianos, en el saber mostrar el aspecto razonable de la fe, la profunda racionalidad del Evangelio del matrimonio y la familia. Un anuncio del mismo que prescinda de este desaf�o a la racionalidad (entendida como �ntima correspondencia ente desiderium naturale del hombre y el Evangelio anunciado por la Iglesia) resultar� ineficaz. Para ello es hoy d�a m�s necesario que en otros tiempos manifestar en terminos cre�bles, la interior credibilidad de la verdad sobre el hombre que est� en la base de la instituci�n del amor conyugal. El matrimonio, a diferencia de cuanto ocurre con los otros sacramentos, pertenece tambi�n a la econom�a de la Creaci�n, se inscribe en una din�mica natural en el g�nero humano. Es adem�s, en segundo lugar, necesaria una renovada reflexi�n de las bases fundamentales, de los principios esenciales que inspiran las actividades educativas, en los diversos �mbitos e instituciones. �Cu�l es la filosof�a de las instituciones educativas hoy en la Iglesia, y cu�l es el modo en que estos principios revierten en una adecuada educaci�n al matrimonio y la familia, en tanto que estructuras nucleares fundamentales y necesarias para la misma sociedad? 

Atenci�n y cercan�a pastoral 

(49) Es leg�tima la comprensi�n por la problem�tica existencial y las elecciones de las personas que viven en uniones de hecho y en ciertas ocasiones, un deber. Algunas de estas situaciones, incluso, deben suscitar verdadera y propia compasi�n. El respeto por la dignidad de las personas no est� sometido a discusi�n. Sin embargo, la comprensi�n de las circunstancias y el respeto de las personas no equivalen a una justificaci�n. M�s bien se trata de subrayar, en estas circunstancias que la verdad es un bien esencial de las personas y factor de aut�ntica libertad: que de la afirmaci�n de la verdad no resulte ofensa, sino sea forma de caridad, de manera que el �no disminuir en nada la doctrina salvadora de Cristo� sea �forma eminente de caridad para con las almas�[101], de modo tal, que se acompa�e �con la paciencia y la bondad de la cual el Se�or mismo ha dado ejemplo en su trato con los hombres�[102]. Los cristianos deben, por tanto, tratar de comprender los motivos personales, sociales, culturales e ideol�gicos de la difusi�n de la uniones de hecho. Es preciso recordar que una pastoral inteligente y discreta puede, en ciertas ocasiones favorecer la recuperaci�n �institucional� de algunas de estas uniones. Las personas que se encuentran en estas situaciones deben ser tenidas en cuenta, de manera particularizada y prudente, en la pastoral ordinaria de la comunidad eclesial, una atenci�n que comporta cercan�a, atenci�n a los problemas y dificultades derivados, di�logo paciente y ayuda concreta, especialmente en relaci�n a los hijos. La prevenci�n es, tambi�n en este aspecto de la pastoral, una actitud prioritaria.   

Conclusi�n   

(50) La sabidur�a de los pueblos ha sabido reconocer sustancialmente, a lo largo de los siglos, aunque con limitaciones, el ser y la misi�n fundamental e insustitu�ble de la familia fundada en el matrimonio. La familia es un bien necesario e imprescindible para toda sociedad, que tiene un verdadero y propio derecho, en justicia, a ser reconocida, protegida y promovida por el conjunto de la sociedad. Es este conjunto el que resulta da�ado, cuando se vulnera, de uno u otro modo, este bien precioso y necesario de la humanidad. Ante el fen�meno social de las uniones de hecho, y la postergaci�n del amor conyugal que comporta es la sociedad misma quien no puede quedar indiferente. La mera y simple cancelaci�n del problema mediante la falsa soluci�n de su reconocimiento, situ�ndolas a un nivel p�blico semejante, o incluso equipar�ndolas a las familias fundadas en el matrimonio, adem�s de resultar en perjuicio comparativo del matrimonio (da�ando, a�n m�s, esta necesaria instituci�n natural tan necesitada hoy d�a, en cambio, de verdaderas pol�ticas familiares), supone un profundo desconocimiento de la verdad antropol�gica del amor humano entre un hombre y una mujer, y su indisociable aspecto de unidad estable y abierta a la vida. Este desconocimiento es a�n m�s grave, cuando se ignora la esencial y profund�sima diferencia entre el amor conyugal del que surge la instituci�n matrimonial y las relaciones homosexuales. La �indiferencia� de las administraciones p�blicas en este aspecto se asemeja mucho a una apat�a ante la vida o la muerte de la sociedad, a una indiferencia ante su proyecci�n de futuro, o su degradaci�n. Esta �neutralidad� conducir�a, si no se ponen los remedios oportunos, a un grave deterioro del tejido social y de la pedagog�a de las generaciones futuras. 

La inadecuada valoraci�n del amor conyugal y de su intr�nseca apertura a la vida, con la inestabilidad de la vida familiar que ello comporta, es un fen�meno social que requiere un adecuado discernimiento por parte de todos aquellos que se sienten comprometidos con el bien de la familia, y muy especialmente por parte de los cristianos. Se trata, ante todo, de reconocer las verdaderas causas (ideol�gicas y econ�micas) de un tal estado de cosas, y no de ceder ante presiones demag�gicas de grupos de presi�n que no tienen en cuenta el bien com�n de la sociedad. La Iglesia Cat�lica, en su seguimiento de Cristo Jes�s, reconoce en la familia y en el amor conyugal un don de comuni�n de Dios misericordioso con la humanidad, un tesoro precioso de santidad y gracia que resplandece en medio del mundo. Invita por ello a cuantos luchan por la causa del hombre a unir sus esfuerzos en la promoci�n de la familia y de su �ntima fuente de vida que es la uni�n conyugal. 


[1]Concilio Vaticano II, Const.Gaudium et spes, n. 47. 

[2]Concilio Vaticano II, Const. Lumen gentium n. 11, Decr. Apostolicam actuositatem, n. 11. 

[3]Catecismo de la Iglesia Cat�lica, nn. 2331-2400, 2514-2533; Pontificio Consejo para la Familia, Sexualidad humana: verdad y significado, 8-12-1995.

[4]Juan Pablo II, Ex. Ap. Familiaris consortio, n. 80.

[5]La acci�n humanizadora y pastoral de la Iglesia, en su opci�n preferencial por los pobres, ha ido encaminada, en general, en estos pa�ses, a la �regularizaci�n� de esas uniones, mediante la celebraci�n del matrimonio (o mediante la convalidaci�n o la sanaci�n, seg�n sea el caso) en la actitud eclesial de compromiso con la santificaci�n de los hogares cristianos.

[6]Diversas teor�as construccionistas sostienen hoy d�a concepciones diferentes sobre el modo en que la sociedad tendr�a -seg�n ellos sostienen- que cambiar adapt�ndose a los distintos �gender� (pi�nsese, por ejemplo, en la educaci�n, la sanidad, etc.). Algunos sostienen tres g�neros, otros cinco, otros siete, otros un n�mero distinto seg�n diversas consideraciones.

[7]Tanto el marxismo como el estructuralismo han contribu�do en diferente medida a la consolidaci�n de esta ideolog�a de �gender�, que ha sufrido diferentes influjos, tales como la �revoluci�n sexual�, con postulados como los representados por W. Reich (1897-1957) respecto a la llamada a una �liberaci�n� de cualquier disciplina sexual, o Herbert Marcuse (1898-1979) y sus invitaciones a experimentar todo tipo de situaciones sexuales (entendidas desde un polimorfismo sexual de orientaci�n indiferentemente �heterosexual� - es decir, la orientaci�n sexual natural - u homosexual), desligadas de la familia y de cualquier finalismo natural de diferenciaci�n entre los sexos, as� como de cualquier obst�culo derivado de la responsabilidad procreativa. Un cierto feminismo radicalizado y extremista, representado por las aportaciones de Margaret Sanger (1879-1966) y Simone de Beauvoir (1908-1986) no puede ser situado al margen de este proceso hist�rico de consolidaci�n de una ideolog�a. De este modo, �heterosexualidad� y monogamia ya no parecen ser considerados sino como uno de los casos posibles de pr�ctica sexual.

[8]Esta actitud ha encontrado, lamentablemente, favorable acogida en un buen n�mero de importantes instituciones internacionales, con el consiguiente deterioro del concepto mismo de familia, cuyo fundamento es, y no puede no serlo, el matrimonio. Entre estas instituciones, algunos Organismos de la misma Organizaci�n de Naciones Unidas, parecen secundar recientemente algunas de estas teor�as, soslayando con ello el genuino significado del art�culo 16 de la Declaraci�n Universal de Derechos del Hombre de 1948, que muestra la familia como �elemento natural y fundamental de la sociedad�. Cfr. Pontificio Consejo para la Familia, Familia y Derechos humanos, 1999, n. 16.

[9]Arist�teles, Pol�tica I, 9-10 (Bk 1253a). 

[10]Catecismo de la Iglesia Cat�lica, n. 2207. 

[11]Juan Pablo II, Ex. Ap. Familiaris consortio, n 18.

[12]Juan Pablo II, Alocuci�n durante la Audiencia general de 1-12-1999.

[13]Concilio Vaticano II, Const. Gaudium et spes, n. 47. 

[14]�...prescindiendo de las corrientes de pensamiento, existe un conjunto de conocimientos en los cuales es posible reconocer una especie de patrimonio espiritual de la humanidad. Es como si nos encontr�semos ante una filosof�a impl�cita por la cual cada uno cree conocer estos principios, aunque de forma gen�rica y no refleja. Estos conocimientos, precisamente porque son compartidos en cierto modo por todos, deber�an ser como un punto de referencia para las diversas escuelas filos�ficas. Cuando la raz�n logra intuir y formular los principios primeros y universales del ser y sacar correctamente de ellos conclusiones coherentes de orden l�gico y deontol�gico, entonces puede considerarse una raz�n recta o, como la llamaban los antiguos, orth�s logos, recta ratio�.Juan Pablo II,Enc. Fides et ratio, n. 4. 

[15]Concilio Vaticano II, Const. Dei Verbum n. 10. 

[16]�La relaci�n entre fe y filosof�a encuentra en la predicaci�n de Cristo crucificado y resucitado el escollo contra el cual puede naufragar, pero por encima del cual puede desembocar en el oc�ano sin l�mites de la verdad. Aqu� se evidencia la frontera entre la raz�n y la fe, pero se aclara tambi�n el espacio en el cual ambas pueden encontrarse�.Juan Pablo II,Enc. Fides et ratio, n. 23. �El Evangelio de la vida no es exclusivamente para los creyentes: es para todos. La cuesti�n de la vida y su defensa y promoci�n no es prerrogativa de los cristianos s�los�.�. Juan Pablo II,Enc. Evangelium vitae, n. 101. 

[17]Juan Pablo II, Alocuci�n al Forum de Asociaciones Cat�licas de Italia, 27-6-1998. 

[18]Pontificio Consejo para la Familia, Declaraci�n acerca de la Resoluci�n del Parlamento Europeo sobre equiparaci�n entre familia y 'uniones de hecho', incluso homosexuales, 17-3-2000

[19]S. Agust�n,De libero arbitrio, I, 5, 11 

[20]�La vida social y su aparato jur�dico exige un fundamento �ltimo. Si no existe otra ley m�s all� de la ley civil, debemos admitir entonces que cualquier valor, incluso aquellos por los cuales los hombres han combatido y considerado como pasos adelante cruciales en la lenta marcha hacia la libertad, pueden ser cancelados por una simple mayor�a de votos. Quienes critican la ley natural deben cerrar los ojos ante esta posibilidad, y cuando promueven leyes -en contraste con el bien com�n en sus exigencias fundamentales- deben tener en cuenta todas las consecuencias de sus propias acciones, porque pueden impulsar a la sociedad en una peligrosa direcci�n�. Discurso del Card. A. Sodanodurante el II� Encuentro de Pol�ticos y Legisladores de Europa, organizado por el Pontificio Consejo para la Familia, 22-24 octubre de 1998.

[21]En Europa, por ejemplo, en la Constituci�n de Alemania: �El matrimonio y la familia encuentran especial protecci�n en el ordenamiento del Estado� (Art. 6); Espa�a: �Los poderes p�blicos aseguran la protecci�n social, econ�mica y jur�dica de la familia� (Art. 39); Irlanda: �El Estado reconoce a la familia como el grupo natural primario y fundamental de la sociedad y como instituci�n moral dotada de derechos inalienables e imprescriptibles, anteriores y superiores a todo derecho positivo. Por ello el Estado se compromete a proteger la constituci�n y autoridad de la familia como el fundamento necesario del �rden social y como indispensable para el bienestar de la Naci�n y el Estado� (Art. 41); Italia: �La Rep�blica reconoce los derechos de la familia como sociedad natural fundada en el matrimonio� (Art. 29); Polonia: �El matrimonio, esto es, la uni�n de un hombre y una mujer, as� como la familia, paternidad y maternidad, deben encontrar protecci�n y cuidado en la Rep�blica de Polonia� (Art. 18); Portugal: �La familia, como elemento fundamental de la sociedad, tiene derecho a la protecci�n de la sociedad y del Estado y a la realizaci�n de todas las condiciones que permitan la realizaci�n personal de sus miembros� (Art. 67).
Tambi�n en Constituciones de todo el mundo: Argentina �...la ley establecer�...la protecci�n integral de la familia� (Art. 14); Brasil: �La familia, base de la sociedad, es objeto de especial protecci�n por el Estado� (Art. 226); Chile: �...La familia es el n�cleo fundamental de la sociedad...Es deber del Estado...dar protecci�n a la poblaci�n y a la familia...� (Art. 1), Rep�blica Popular China �El Estado protege el matrimonio, la familia, la maternidad y la infancia� (Art. 49); Colombia, �El Estado reconoce, sin discriminaci�n alguna, la primac�a de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como instituci�n b�sica de la sociedad� (Art. 5); Corea del Sur: �El matrimonio y la vida familiar se establecen en base a la dignidad individual e igualdad entre los sexos; el Estado pondr� todos los medios a su alcance para que se logre este fin� (Art. 36); Filipinas: �El Estado reconoce a la familia filipina como fundamento de la Naci�n. De acuerdo con ello debe promoverse intensamente la solidaridad, su activa promoci�n y su total desarrollo. El matrimonio es una instituci�n social inviolable, es fundamento de la familia y debe ser protegido por el Estado� (Art. 15); M�xico: �...la Ley...proteger� la organizaci�n y el desarrollo de la familia" (Art. 4); Per�: �La comunidad y el Estado...tambi�n protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos �ltimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad� (Art. 4); Ruanda: �La familia, en tanto que base natural del pueblo ruand�s, ser� protegida por el Estado� (Art. 24).

[22]�Toda ley hecha por los hombres tiene raz�n de ley en tanto que deriva de la ley natural. Si algo, en cambio, se opone a la ley natural, no es entonces ley, sino corrupci�n de la ley�. Santo Tom�s de Aquino, Suma de Teolog�a, I-II, q. 95, a. 2. 

[23]Juan Pablo II,Discurso al II� Encuentro de Pol�ticos y Legisladores de Europa organizado por el Pontificio Consejo para la Familia, 23-10-1998.

[24]Juan Pablo II, Enc. Centesimus annus, n. 46. 

[25]�Como responsables pol�ticos y legisladores deseosos de ser fieles a la Declaraci�n universal de derechos humanos de 1948, nos comprometemos a promover y a defender los derechos de la familia fundada en el matrimonio entre un hombre y una mujer. Esto debe hacerse en todos los niveles: local, regional, nacional e internacional. S�lo as� podremos ponernos verdaderamente al servicio del bien com�n, tanto a nivel nacional como internacional�. Conclusiones del II� Encuentro de Pol�ticos y Legisladores de Europa sobre los derechos del hombre y de la familia, L'Osservatore Romano, 26-2-1999.

[26]�La familia es el n�cleo central de la sociedad civil. Tiene ciertamente, un papel econ�mico importante, que no puede olvidarse, pues constituye el mayor capital humano, pero su misi�n engloba muchas otras tareas. Es, sobre todo, una comunidad natural de vida, una comunidad que est� fundada sobre el matrimonio y, por ello, presenta una cohesi�n que supera la de cualquier otra comunidad social�.Declaraci�n final del III� Encuentro de Pol�ticos y Legisladores de Am�rica,Buenos Aires, 3-5 de agosto de 1999. 

[27]Cfr. Carta de Derechos de la Familia, Pre�mbulo. 

[28]Juan Pablo II, Carta Gratissimam sane (Carta a las Familias) n. 6. 

[29]Cfr. Catecismo de la Iglesia Cat�lica, n. 2333; Carta Gratissimam sane (Carta a las Familias), n. 8. 

[30]Concilio Vaticano II, Const. Gaudium et spes, n. 49. 

[31]Cfr. Catecismo de la Iglesia Cat�lica, n. 2332; Juan Pablo II, Discurso al Tribunal de la Rota Romana, 21-1-1999. 

[32]Juan Pablo II, Carta Gratissimam sane (Carta a las Familias) nn. 7-8. 

[33]Juan Pablo II, Discurso al Tribunal de la Rota Romana, 21-1-1999. 

[34]Ib�d. 

[35]Ib�d. 

[36]Ib�d. 

[37]�El matrimonio determina el cuadro jur�dico que favorece la estabilidad de la familia. Permite la renovaci�n de las generaciones. No es un simple contrato o negocio privado, sino que constituye una de las estructuras fundamentales de la sociedad, a la cual mantiene unida en coherencia�. Declaraci�n del Consejo Permanente de la Conferencia Episcopal Francesa, a prop�sito de la proposici�n de ley de �pacto civil de solidaridad�, 17-9-1998.

[38]Juan Pablo II, Ex. Ap. Familiaris consortio, n. 19. 

[39]Ibid., infra. 

[40]�No hay equivalencia entre la relaci�n entre dos personas del mismo sexo y aquella formada por un hombre y una mujer. S�lo esta �ltima puede ser calificada de pareja, porque implica la diferencia sexual, la dimensi�n conyugal, la capacidad de ejercicio de la paternidad y la maternidad. La homosexualidad, es evidente, no puede representar este conjunto simb�lico�. Declaraci�n del Consejo Permanente de la Conferencia Episcopal Francesa, a prop�sito de la proposici�n de ley de �pacto civil de solidaridad�, 17-9-1998.

[41]Respecto al grave des�rden moral intr�nseco, contrario a la ley natural, de los actos homosexuales cfr.Catecismo de la Iglesia Cat�lica,nn 2357-2359; Congregaci�n para la Doctrina de la Fe, Inst. Persona humana, 29-12-1975;Pontificio Consejo para la Familia, Sexualidad humana: verdad y significado, 8-12-1995, n. 104. 

[42]Juan Pablo II, Discurso a los participantes de la XIV� Asamblea Plenaria del Pontificio Consejo para la Familia. Cfr. Juan Pablo II, palabras pronunciadas durante el �ngelus de 19-6-1994.

[43]Pontificio Consejo para la Familia, Declaraci�n acerca de la Resoluci�n del Parlamento Europeo sobre equiparaci�n entre familia y 'uniones de hecho', incluso homosexuales, 17-3-2000.

[44]�No se puede ignorar que, seg�n reconocen algunos de sus promotores, esta legislaci�n constituye un primer paso hacia, por ejemplo, la adopci�n de ni�os por personas que viven una relaci�n homosexual. Tememos por el futuro al tiempo que deploramos lo sucedido�. Declaraci�n del Presidente de la Conferencia Episcopal Francesa, despu�s de la promulgaci�n del �pacto civil de solidaridad�, 13-10-1999.

[45]Juan Pablo II, palabras pronunciadas durante el �ngelus de 20-2-1994.

[46]Cfr. Nota de la Comisi�n Permanente de la Conferencia Episcopal Espa�ola (24-6-1994), con ocasi�n de la Resoluci�n de 8 de febrero de 1994 del Parlamento Europeo sobre igualdad de derechos de homosexuales y lesbianas.

[47]Juan Pablo II,Carta Gratissimam sane (Carta a las Familias), n. 11 

[48]Ib�d. , n. 14 

[49]Ib�d., n. 17 in fine. 

[50]Carta de los Derechos de la Familia, Pre�mbulo, D. 

[51]Ib�d., Pre�mbulo (passim) y art. 6. 

[52]Ibid., Pre�mbulo, B e I. 

[53]Ibid., Pre�mbulo, C y G. 

[54]Juan Pablo II, Carta Gratissimam sane (Carta a las Familias) nn. 9-11. 

[55]Juan Pablo II, Alocuci�n de 26-12-1999. 

[56]Cfr. Juan Pablo II, Ex. Ap. Familiaris consortio, n. 21; cfr Juan Pablo II, Carta Gratissimam sane (Carta a las Familias) nn. 13-15. 

[57]Carta de los Derechos de la Familia, Pre�mbulo, F; cfr. Juan Pablo II, Ex. Ap. Familiaris consortio, n. 21. 

[58]Juan Pablo II, Enc. Evangelium Vitae, nn. 91; 94. 

[59]Carta de los Derechos de la Familia, Pre�mbulo, E. 

[60]Juan Pablo II, Enc. Evangelium Vitae, n. 92. 

[61]Carta de los Derechos de la Familia, Pre�mbulo, H-I. 

[62]Cfr. Juan Pablo II, Ex. Ap. Familiaris consortio, nn. 23-24. 

[63]Ib�d., n. 25. 

[64]Cfr. Juan Pablo II, Ex. Ap. Familiaris consortio, nn. 28-35; Carta de los Derechos de la Familia, art. 3. 

[65]Cfr. Juan Pablo II, Ex. Ap. Familiaris consortio, n. 20; Carta de los Derechos de la Familia, art. 6. 

[66]Carta de los Derechos de la Familia, art. 2, b y c; art. 7. 

[67]Cfr. Juan Pablo II, Ex. Ap. Familiaris consortio, nn. 36-41; Carta de los Derechos de la Familia, art. 5; Carta Gratissimam sane (Carta a las Familias), n. 16. 

[68]Cfr. Juan Pablo II, Ex. Ap. Familiaris consortio, nn. 42-48; Carta de los Derechos de la Familia, arts. 8-12. 

[69] Carta de los Derechos de la Familia, art. 1, c. 

[70]Juan Pablo II, Enc. Veritatis splendor, n. 4. 

[71]Juan Pablo II, Enc. Evangelium Vitae, n. 20; cfr. ibid., n. 19. 

[72]Juan Pablo II, Ex. Ap. Familiaris consortio, n. 6; cfr. Juan Pablo II Carta Gratissimam sane (Carta a las Familias), n. 13. 

[73]Concilio de Trento. Sesiones VII y XXIV. 

[74]Juan Pablo II, Ex. Ap. Familiaris consortio, n. 68. 

[75]C�digo de Derecho Can�nico, c. 1055 � 1; Catecismo de la Iglesia Cat�lica, n. 1601. 

[76]Cfr. Concilio Vaticano II, Const. Gaudium et spes, nn. 48-49. 

[77]Cfr. Juan Pablo II, Discurso a la Rota Romana, 21-1-2000. 

[78]Concilio Vaticano II, Const. Gaudium et spes, n. 48. 

[79]Ib�d.

[80]Cfr. Codigo de Derecho Can�nico y Codigo de C�nones de las Iglesias Orientales, de 1983 y 1990 respectivamente. 

[81]Concilio Vaticano II, Const. Past. Gaudium et spes, n. 49. 

[82]Cfr. Juan Pablo II, Ex. Ap. Familiaris consortio, n. 68. 

[83]Juan Pablo II, Ex. Ap. Familiaris consortio, n. 81. 

[84]Juan Pablo II, Enc. Veritatis splendor, n. 93. 

[85]Juan Pablo II, Alocuci�n durante la Audiencia general de 5-9-1979.Con esta Alocuci�n se inicia el Ciclo de catequesis conocido como �Catequesis sobre el amor humano�.

[86]�Cristo no acepta la discusi�n al nivel en el que sus interlocutores intentan introducirla, en cierto sentido, no aprueba la dimensi�n que intentan dar al problema. Evita quedar implicado en controversias jur�dico-casu�sticas, y en cambio, hace referencia, en dos ocasiones al 'principio'�Juan Pablo II,Alocuci�n durante la Audiencia general de 5-9-1979.

[87]�No se puede negar que el hombre existe siempre en una cultura concreta, pero tampoco se puede negar que el hombre no se agota en esa misma cultura. Por otra parte el progreso mismo de las culturas demuestra que en el hombre existe algo que las trasciende. Este 'algo' es precisamente la naturaleza del hombre: precisamente esta naturaleza es la medida de la cultura y es la condici�n para que el hombre no sea prisionero de ninguna de sus culturas, sino que defienda su dignidad personal viviendo de acuerdo con la verdad profunda su su ser�. Juan Pablo II, Enc. Veritatis splendor n. 53.

[88]La ley natural �no es otra cosa que la luz de la inteligencia infundida en nosotros por Dios. Gracias a ella conocemos lo que se debe hacer y lo que se debe evitar. Dios ha donado esta luz y esta ley en la Creaci�n�. Sto. Tom�s de Aquino, Summa Theologiae, I-II q. 93, a. 3, ad 2um.Cfr. Juan Pablo II, Enc. Veritatis splendor, nn 35-53. 

[89]Juan Pablo II, Enc. Veritatis splendor nn 62-64

[90]Por medio de la gracia matrimonial los c�nyuges �se ayudan mutuamente a santificarse con la vida conyugal y en la acogida y educaci�n de los hijos�. Concilio Vaticano II, Const. Lumen gentium n. 11. Cfr. Catecismo de la Iglesia Cat�lica nn. 1641-1642.

[91]Juan Pablo II, Ex. Ap. Familiaris consortio, n. 81. 

[92]Ibid. infra. 

[93]V�ase nn. 4-8.

[94]Ibid. 

[95]Juan Pablo II, Carta Ap. Gratissimam sane (Carta a las Familias), n. 20. 

[96]Juan Pablo II, Ex. Ap. Familiaris consortio, n. 55.

[97]Cfr. Juan Pablo II, Ex. Ap. Familiaris consortio, n. 66. 

[98]Pontificio Consejo para la Familia, Preparaci�n al sacramento del matrimonio, n. 1. 

[99]Juan Pablo II, Enc. Fides et ratio, n. 97. 

[100]Juan Pablo II, Enc. Evangelium vitae, n. 73. 

[101]Pablo VI,Enc. Humanae vitae, n. 29. 

[102]Ib�d.