

Quinta Época
Instancia: Segunda Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Tomo: LXX
Página: 2277
PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS, VIGENCIA DE LA LEY DE. Las
Leyes de Ingresos, lo mismo que las de Egresos, tienen un período
fijo de vigencia, un año fiscal; de modo que comienzan a regir en
determinado día y dejan de surtir sus efectos por lo que ve a la
tributación y pagos que establecen, también en determinado
día, como se deduce de la naturaleza de los presupuestos, que deben
formularse anualmente.
Amparo administrativo en revisión 998/40. Córdoba Mariano
y coags. 7 de noviembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. Disidentes:
Octavio Mendoza González y Gabino Fraga. La publicación no
menciona el nombre del ponente.
