Quinta Época
Instancia: Segunda Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Tomo: LXX
Página:  2277
PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS, VIGENCIA DE LA LEY DE.  Las Leyes de Ingresos, lo mismo que las de Egresos, tienen un período fijo de vigencia, un año fiscal; de modo que comienzan a regir en determinado día y dejan de surtir sus efectos por lo que ve a la tributación y pagos que establecen, también en determinado día, como se deduce de la naturaleza de los presupuestos, que deben formularse anualmente.
Amparo administrativo en revisión 998/40. Córdoba Mariano y coags. 7 de noviembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. Disidentes: Octavio Mendoza González y Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.

 
 
                 
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